SALTA, 30 de Diciembre de 2020
DECRETO Nº 882
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Expediente Nº 0120047-282926/2020-0
VISTO la solicitud de licencia gremial a favor del Sr. Gustavo Miguel Ascoy y el Sr. Hernán Martínez pertenecientes al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y,
CONSIDERANDO:
Que los señores Ascoy y Martínez fueron electos Miembros de la Comisión Directiva de la Asociación de Trabajadores del Estado, Seccional General Güemes;
Que el beneficio solicitado es a los efectos de que los agentes desempeñen tareas inherentes a la actividad gremial para la cual fueron elegidos a partir del 06/11/2018 al 05/11/2023;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 1.356/2020;
Por ello, con encuadre legal en el artículo 42 del Decreto Nº 2.615/2005, en concordancia con lo establecido en el artículo 71 del Decreto Nº 4.118/1997,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase licencia gremial con goce de haberes, a favor del Sr. GUSTAVO MIGUEL ASCOY, DNI Nº 18.164.320 y el Sr. HERNÁN MARTÍNEZ, DNI Nº 16.190.771, integrantes de la Comisión Administrativa de la Asociación de Trabajadores del Estado, Seccional General Güemes, por el periodo comprendido entre el 06/11/2019 y el 05/11/2023.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Cánepa - Villada (I)