DECRETO N° 892/21
APRUEBA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN RECÍPROCA, CELEBRADO ENTRE LA COORDINACIÓN DE ENLACE Y RELACIONES POLÍTICAS DE LA GOBERNACIÓN Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Publicado en el Boletín N° 21089, el día 13 de Octubre de 2021.



SALTA, 06 de Octubre de 2021

DECRETO Nº 892

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 411-197150/2021-1

VISTO el Convenio Marco de Cooperación Recíproca celebrado entre la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación y el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y,

CONSIDERANDO:

Que el citado Convenio tiene por objeto establecer entre las partes una relación de cooperación recíproca para la implementación de capacitaciones de formación profesional y capacitación laboral, conforme a las demandas de los sectores socio productivos locales, a fin de facilitar la inserción, reinserción y actualización laboral de los habitantes de los municipios de la provincia;

Que asimismo se prevé que las partes inviten a los municipios a participar de las acciones que se lleven adelante, como así también proponer la realización de tareas o proyectos específicos que se encuadren dentro de los objetivos del Convenio;

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140, segundo párrafo, de la Constitución Provincial, y 1º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación Recíproca celebrado entre la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, y el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, el que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cánepa - López Morillo



VER ANEXO


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