SALTA, 3 de Diciembre de 2021
DECRETO Nº 1050
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO
VISTO el Decreto Nº 121/2020; y,
CONSIDERANDO:
Que por conducto del citado Decreto se aprobó la Estructura Orgánica del entonces Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, con vigencia desde el 11 de diciembre de 2019;
Que a su vez, la Ley Nº 8.274 modificó el Capítulo I del Título VI de la Ley Nº 8.171, denominándolo “Del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo";
Que atendiendo las necesidades de servicio y con el objetivo de contar con un nivel jerárquico a la altura de las responsabilidades que se le asignan, corresponde jerarquizar la Dirección General del Registro Civil, otorgándole a la misma el nivel orgánico de Subsecretaría en el ámbito de la Secretaría de Estado de Gobierno;
Que el artículo 31 de la Ley Nº 8.171 -modificada por su similar Nº 8.274- faculta al Gobernador a efectuar todas las reestructuraciones orgánicas y presupuestarias que fueren menester para la mejor ejecución de dicha norma;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas en el artículo 144, inciso 2º de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Créase la Subsecretaría del Registro Civil en el ámbito de la Secretaría de Estado de Gobierno y sus dependencias, modificándose la estructura de la Secretaría de Estado de Gobierno aprobada por el Decreto Nº 121/2020, de conformidad al Anexo I que se acompaña y forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA correspondiente, disponiéndose las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a través del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada - Dib Ashur - López Morillo