SALTA, 4 de Febrero de 2022
DECRETO Nº 108
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
VISTO el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado y la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene por objeto establecer las bases para el desarrollo de acciones, planes, programas y/o actividades de cooperación y colaboración que hagan al mejor cumplimiento de los fines y objetivos de ambas partes, en lo relativo a sus respectivas áreas de influencia, en procura del interés mutuo, de los usuarios del servicio ferroviario y de la comunidad en general;
Que las partes se comprometen a poner en valor apeaderos y estaciones, realizando además las obras necesarias para la automatización de barreras y el recambio de vías en los tramos que así lo requieran, priorizándose el tramo "Salta-Campo Quijano”, a los fines de brindar un mejor servicio a los pasajeros transportados;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los articulos 140, segundo párrafo, 144, inciso 1º de la Constitución Provincial, artículos 1º y 4º de la Ley Nº 8.171 -modificada por su similar Nº 8.274-,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, representada por su presidente, Lic. Martín Marinucci, y la Provincia de Salta, representada por el suscripto, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - López Morillo