SALTA, 9 de Febrero de 2022
DECRETO Nº 130
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 1090376-278.535/2021-0
VISTO el Convenio celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Gobierno de la Provincia de Salta (Addenda VII); y,
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio, tiene por objeto desarrollar el proyecto denominado “Diplomatura en Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes” a realizarse en la Provincia;
Que a tal fin, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia se compromete a transferir a la misma, la suma de pesos tres millones setecientos cuarenta y siete mil ($ 3.747.000,00) en carácter de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas;
Que la Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa del Ministerio de Desarrollo Social, tomó la intervención que le compete;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial y el artículo 1º de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio suscripto entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el Ministerio de Desarrollo Social (Addenda VII), cuyo texto forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Vargas - López Morillo