SALTA, 26 de Mayo de 2022
DECRETO Nº 364
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expediente Nº 034-137467/2013-0 y agregados.
VISTO el pedido de concesión de uso de agua pública efectuado a favor del inmueble identificado catastralmente con la Matrícula Nº 1171, del departamento Cachi, Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que el titular registral del referido inmueble, solicitó ante la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 7017 - Código de Aguas de la Provincia de Salta - el otorgamiento de la concesión de uso de agua pública a favor de la Matrícula Nº 1171 del departamento Cachi, para irrigar una superficie de 9,1806 has., con un caudal de 4,819 Its./seg., como máximo y de ejercicio eventual, con aguas a derivar del Río Las Trancas;
Que, a tal efecto, se encuentra cumplido el extremo exigido por el artículo 69 de la Ley Nº 7017, en relación a la propiedad del citado inmueble, en tanto se haya acreditada la titularidad registral del señor Gregorio Casimiro, mediante la copia de la cédula parcelaria actualizada adjunta al expediente;
Que los avisos citatorios fueron cumplidos en legal tiempo y forma, sin que se hubiere registrado oposición alguna al otorgamiento de concesión, conforme lo prevé el artículo 51 de la Ley Nº 7071 y decretos reglamentarios;
Que la Secretaría de Recursos Hídricos, en su carácter de Autoridad de Aplicación y previa verificación de los requisitos exigidos por la Ley, dictó la Resolución Nº 180/2020, aconsejando hacer lugar a la concesión de uso de agua pública, a favor de la Matrícula Nº 1171 del departamento Cachi, para irrigar una superficie de 9,1806 has., de ejercicio eventual, con un caudal de 4,819 Its/seg., con aguas a derivar del Río Las Trancas, sujeto a las disposiciones del artículo 47 del Código de Aguas;
Que el Programa Jurídico de la Secretaría de Recursos Hídricos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, han tomado en su oportunidad la intervención que les compete, expidiéndose en sentido favorable;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 32 y con encuadre en los artículos, 24 inciso b), 47, 69 y concordantes del Código de Aguas -Ley Nº 7017- y su Decreto Reglamentario Nº 2299/2003, corresponde el dictado del presente acto administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase la concesión de uso de agua pública, a favor del inmueble identificado catastralmente con la Matrícula Nº 1171 del departamento Cachi, ce titularidad del señor Gregorio Casimiro D.N.I.: Nº 7.220.381, para irrigar una superficie de 9,1806 has., con un caudal de 4,819 Its./seg. como máximo y de ejercicio eventual,, con aguas a derivar del Río Las Trancas margen derecha, sujeto a lo dispuesto en los artículos 47, 69 y concordantes del Código de Aguas -Ley Nº 7017- y su Decreto Reglamentario Nº 2299/2003.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - De los Ríos Plaza - López Morillo