RESOLUCIÓN N° 525D/21
RETIRO TRANSITORIO POR INVALIDEZ. SR. MIGUEL ANGEL REINOSO.

Publicado en el Boletín N° 21090, el día 14 de Octubre de 2021.



SALTA, 06 de Octubre de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 525 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 160359/21-código 191

VISTO la renuncia presentada por el señor Miguel Angel Reinoso, DNI Nº 14.303.841, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital “Dr. Arnne Hoygaard” de Cachi del Ministerio de Salud Pública, a partir del 19 de julio de 2021, por acogerse al Beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez tramitado a través del Expediente Nº 024-2014303841-7-0050, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (Fs. 06 y 08);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado; y aconseja que en virtud de lo previsto en el artículo 50 de la Ley Nº 24.241, durante el período indicado en el citado artículo, el agente conserve el nivel escalafonario adquirido y, para el supuesto de pronunciarse la Comisión Médica por la rehabilitación Psico-Física del mismo, éste pueda reingresar a la Administración Pública Provincial;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 y 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 19 de julio de 2021, la renuncia del señor MIGUEL ANGEL REINOSO, DNI Nº 14.303.841, al Cargo: Auxiliar Administrativo - Agrupamiento: Administrativo, Subgrupo: 4, Nº de Orden 1, del Decreto Nº 1.034/96, creado por Decreto Nº 1.055/01, dependiente del Hospital “Dr. Arnne Hoygaard” de Cachi del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- El renunciante, conservará el nivel escalafonario adquirido hasta tanto se expida la Comisión Médica sobre el derecho al Retiro Definitivo por Invalidez o lo deje sin efecto, pudiendo reingresar a la Administración Pública Provincial en el supuesto previsto en el artículo 50 de la Ley Nº 24.241. Ello, no implica reserva del cargo, ni la indisponibilidad de la vacante resultante.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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