RESOLUCIÓN N° 530/21
DECLARA DESIERTO EL PROCESO SELECTIVO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 69/21. OBRA: REFACCIÓN INTEGRAL HOSPITAL SALVADOR MAZZA - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21090, el día 14 de Octubre de 2021.



SALTA, 29 de Septiembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 530

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 122-2.098/15-1.001 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 69/21 para la contratación de la obra “REFACCIÓN INTEGRAL HOSPITAL SALVADOR MAZZA - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 173/175, mediante Resolución SOP Nº 423/21, se dispuso el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 31.468.889,37 (pesos treinta y un millones cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y nueve con 37/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2021, un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado, y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 177/215, mediante Resolución Nº 73/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 223 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 220 en el Boletín Oficial, a fs. 224 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, a fs. 226 rolan las invitaciones a las empresas del rubro y a fs. 227/233 las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que, conforme el Acta de Apertura de Sobres de fecha 10 de septiembre de 2021 (fs. 241), no se presentó ninguna oferta a la convocatoria, razón por la cual corresponde declarar desierta la contratación en curso, criterio igualmente recomendado por la Comisión de Preadjudicación designada al efecto (fs. 242);

Que, de las actuaciones, cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 246/247, mediante Dictamen Nº 232/21, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare desierta la Adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 248 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante el informe pertinente;

Que, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5, inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo correspondiente;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 69/21 llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución SOP Nº 423/21 para la ejecución de la obra “REFACCIÓN INTEGRAL HOSPITAL SALVADOR MAZZA - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 31.468.889,37 (pesos treinta y un millones cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y nueve con 37/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2021, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar Desierto el proceso selectivo de Adjudicación Simple Nº 69/21 mencionado en el artículo 1º, conforme los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Obras de Salud de la Secretaría de Obras Públicas a realizar los trámites conducentes para efectuar de manera directa la contratación en curso, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image