RESOLUCIÓN N° 532/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ADECUACIÓN ELÉCTRICA Y REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.189 EL OCULTAR - LOCALIDAD EL OCULTAR - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21090, el día 14 de Octubre de 2021.



SALTA, 29 de Septiembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 532

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-64.572/21 - 0 y agregados.

VISTO el legajo técnico para la ejecución de la obra “ADECUACIÓN ELÉCTRICA Y REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.189 EL OCULTAR - LOCALIDAD EL OCULTAR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/03 rola el informe elaborado por el Ing. Copa de la SOP, relacionado a los problemas detectados y a las soluciones propuestas en la inspección de las condiciones eléctricas relevadas en la Escuela Nº 4189 de la localidad “El Ocultar”;

Que los trabajos a realizar tienen por objeto solucionar el mal estado y filtraciones en la cubierta de todo el sector del albergue, estar comedor, dormitorios, baños, lavado y planchado, comedor y cocina. Se reconstruirá la cubierta de chapa de dicho sector, remplazando la correas y cubierta de chapa existente por nuevas y también solucionar los problemas eléctricos de la escuela y reemplazo del cielorraso existente, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 12/13 y de las especificaciones técnicas de fs. 15/23;

Que en virtud de ello, a fs. 11/45 la Dirección de Obras de Educación de la SOP, confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 7.839.272,44 (pesos siete millones ochocientos treinta y nueve mil doscientos setenta y dos con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2021, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 24;

Que la ejecución de la misma se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículo 14 de la Ley Nº 8.072) con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a fs. 10 rola informe Técnico Ambiental Interno Nº 215/21 emitido por el Área Ambiental interna de la SOP;

Que a fs. 49 rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 54/57 la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos han tomado la intervecnión que les compete en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 58/59 mediante Dictamen Nº 277/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 60 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante informe Nº 103/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018, Decreto Nº 417/2020 y Resoluciones Nros. 36/2020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economia y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas, para la ejecución de la obra “ADECUACIÓN ELÉCTRICA Y REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.189 EL OCULTAR - LOCALIDAD EL OCULTAR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 7.839.272,44 (pesos siete millones ochocientos treinta y nueve mil doscientos setenta y dos con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2021, con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos el que como Anexo forma parte de la presente Resolución

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas, realizar el respectivo llamado a Adjudicación Simple y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la obra citada en el artículo anterior, con encuadre en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072 y artículo 16 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación, a las siguientes personas:

· Arq. María Graciela Vilariño, Directora de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

· Arq. Emidio Posse Silvester, Jefe Programa de la Dirección Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

· Arq. Héctor Lucardi, Agente de la Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas.

· Dr. Rodrigo Fernando Catacata, Asesor legal del Ministerio de Infraestructura.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al: Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial en la página web de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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