RESOLUCIÓN N° 544/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. ADICIONAL Nº 1. OBRA: CONSTRUCCIÓN DE PLATEA DE FUNDACIÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA HOSPITAL MODULAR DE ORÁN - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21500, el día 30 de Junio de 2023.



SALTA, 22 de junio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 544

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 321 - 98.696/21 - Cpde. 34 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “CONSTRUCCIÓN DE PLATEA DE FUNDACIÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA HOSPITAL MODULAR DE ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 559/21 (fs. 49/51) a la empresa JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A., y rectificada por su similar Nº 576/21 (fs. 52) suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 51.586.692,43 (pesos cincuenta y un millones quinientos ochenta y seis mil seiscientos noventa y dos con 43/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021;

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 780/22 (fs. 15/16), se aprueba el Adicional Nº 1, por la suma de $ 7.138.426,66 (pesos siete millones ciento treinta y ocho mil cuatrocientos veintiséis con 66/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 (fs. 04);

Que a fs. 1, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 03, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 34, mediante Actuación Nº 38/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 35/36 el Dictamen Nº 95/23 y a fs. 37 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 96,05% del valor del contrato del Adicional Nº 1 y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022;

Que a fs. 38, la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual del Adicional Nº 1 en la suma total de $ 13.994.663,17 (pesos trece millones novecientos noventa y cuatro mil seiscientos sesenta y tres con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 por la suma de $ 7.138.426,66 (pesos siete millones ciento treinta y ocho mil cuatrocientos veintiséis con 66/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 6.856.236,51 (pesos seis millones ochocientos cincuenta y seis mil doscientos treinta y seis con 51/100);

Que a fs. 40, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 43/45, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicio Público toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 46/47, mediante Dictamen Nº 350/23 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 48, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 99/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “CONSTRUCCIÓN DE PLATEA DE FUNDACIÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA HOSPITAL MODULAR DE ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 559/21, a la contratista JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 780/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 13.994.663,17 (pesos trece millones novecientos noventa y cuatro mil seiscientos sesenta y tres con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 por la suma de $ 7.138.426,66 (pesos siete millones ciento treinta y ocho mil cuatrocientos veintiséis con 66/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 6.856.236,51 (pesos seis millones ochocientos cincuenta y seis mil doscientos treinta y seis con 51/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A., por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007144401 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 810 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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