RESOLUCIÓN N° 544D/21
RETIRO TRANSITORIO POR INVALIDEZ. SR. CARLOS CEFERINO GOMEZ.

Publicado en el Boletín N° 21093, el día 19 de Octubre de 2021.



SALTA, 06 de Octubre de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 544 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 21517/19 código 89

VISTO la renuncia presentada por el señor Carlos Ceferino Gomez, DNI Nº 24.973.054, agente con Designación Temporaria, dependiente de la Secretaría de Gestión Administrativa - Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de enero de 2019, por acogerse al Beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez tramitado a través del Acuerdo Colectivo Nº 01274 de fecha 15 de noviembre de 2018, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 07);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de los solicitado, y aconseja que en virtud de lo previsto en el artículo 50 de la Ley Nº 24.241, durante el período indicado en el citado artículo, el agente conserve el nivel escalafonario adquirido y, para el supuesto de pronunciarse la Comisión Médica por la rehabilitación psico-física del mismo, éste pueda reingresar a la Administración Pública Provincial;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de enero de 2019, la renuncia del señor CARLOS CEFERINO GOMEZ, DNI Nº 24.973.054, al Cargo: Servicios Generales - Agrupamiento: Mantenimiento y Servicios Generales- Subgrupo: 5 - Nº de Orden 411, del Decreto Nº 2.734/12, dependiente de la Secretaría de Gestión Administrativa - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º- El renunciante, conservará el nivel escalafonario adquirido hasta tanto se expida la Comisión Médica sobre el derecho al Retiro Definitivo por Invalidez o lo deje sin efecto, pudiendo reingresar a la Administración Pública Provincial en el supuesto previsto en el artículo 50 de la Ley Nº 24.241. Ello, no implica reserva del cargo, ni la indisponibilidad de la vacante resultante.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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