RESOLUCIÓN N° 545D/21
ACEPTA RENUNCIA. SRA. ADRIANA SUSANA VILLA. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21093, el día 19 de Octubre de 2021.



SALTA, 06 de Octubre de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 545 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 21651/21 Código 182

VISTO la renuncia presentada por la señora Adriana Susana Villa, DNI Nº 14.085.078, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital “Dr. Joaquín Castellanos” de General Güemes - Ministerio de Salud Pública, a partir del 26 de julio de 2021, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de Expediente Nº 0242714085078641 de fecha 15 de abril de 2021, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 07 y 09);

Que la agente incumplió con la presentación del examen psico-físico de Egreso, por su expresa negativa (fs. 02);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 26 de julio de 2021, la renuncia de la señora ADRIANA SUSANA VILLA, DNI Nº 14.085.078, al Cargo: Auxiliar de Laboratorio - Agrupamiento: Técnico- Subgrupo: 4 - Nº de Orden 101, del Decreto Nº 1.034/96, dependiente del Hospital “Dr. Joaquín Castellanos” de General Güemes - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la señora Villa, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico- Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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