RESOLUCIÓN N° 547D/21
ACEPTA RENUNCIA. DR. CARLOS ALFREDO RIVADEO. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21093, el día 19 de Octubre de 2021.



SALTA, 06 de Octubre de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 547 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 162331/2021-código 244

VISTO la renuncia presentada por el doctor Carlos Alfredo Rivadeo, DNI Nº 11.851.596, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital Público Materno Infantil SE del Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de julio de 2021, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01302, de fecha 22 de marzo de 2021, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (08 y 10);

Que el agente incumplió con la presentación del examen psico-físico de egreso, por su expresa negativa (fs.06);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nros. 8.171 y 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de julio de 2021, la renuncia del doctor CARLOS ALFREDO RIVADEO, DNI Nº 11.851.596, al Cargo: Medico Tocoginecólogo, Agrupamiento: Profesional de la Salud, Subgrupo: 1, Nº de Orden 39, Decreto Nº 1.398/01, dependiente del Hospital Público Materno Infantil SE, del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el doctor RVADEO, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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