SALTA, 12 de Octubre de 2021
RESOLUCIÓN Nº 555
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 220 - 204.165/14 - 0 y agregados.
VISTO el legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Salud para la ejecución de la obra “NORMALIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DEL CENTRO DE SALUD Nº 63 - SALTA - CAPITAL- PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que atento al requerimiento realizado por la Dirección General de Primer Nivel de Atención del Área Capital del Ministerio de Salud Pública (fs. 01/06), surge la necesidad de la ejecución de la obra mencionada;
Que la presente contratación tiene por objeto la refacción total de la instalación eléctrica y la normalización de la misma y tareas de albañilería para diferenciar y separar el acceso y la circulación de los pacientes con COVID-19 al Centro de Salud, conforme a las especificaciones de la Memoria Descriptiva de fs. 09/10;
Que, en virtud de ello, a fs. 08/47 la Dirección de Obras de Salud, confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 4.813.740,06 (pesos cuatro millones ochocientos trece mil setecientos cuarenta con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 43/44;
Que la ejecución de la misma se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículo 14 de la Ley 8.072) con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;
Que a fs. 48 rola informe Técnico Ambiental Interno Nº 272/21 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;
Que a fs. 51 rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;
Que a fs. 56/59 rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 61/62, mediante Dictamen Nº 255/21, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;
Que a fs. 63 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante informe Nº 117/21;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras de Salud de la Secretaría de Obras Públicas, para la ejecución de la obra “NORMALIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DEL CENTRO DE SALUD Nº 63 - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.813.740,06 (pesos cuatro millones ochocientos trece mil setecientos cuarenta con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, con la Modalidad de Ajuste alzado y con plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.
ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:
>>>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 081017031601 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 352 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio 2.021.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.
De la Fuente