RESOLUCIÓN N° 618/22
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIÓN INTEGRAL HOSPITAL SALVADOR MAZZA - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21309, el día 07 de Septiembre de 2022.



SALTA, 31 de Agosto de 2022

RESOLUCIÓN Nº 618

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 122 - 2.098/15 - 1015 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIÓN INTEGRAL HOSPITAL SALVADOR MAZZA - DPTO. GRAL. SAN MARTIN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 29/22 (fs. 67/68) a la empresa ING. EVERADO G. BENAVIDEZ, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 62.948.712,73 (pesos sesenta y dos millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos doce con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 (fs. 04/06);

Que a fs. 02, el Inspector de Obra considera cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de la presente redeterminación de precios;

Que a fs. 03 rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 51, mediante Actuación Nº 73/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 52/53 el Dictamen Nº 191/22 y a fs. 54 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 6,79 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022;

Que a fs. 55, la Dirección de Obras de Salud, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no corresponde el descuento proporcional del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 67.225.983,24 (pesos sesenta y siete millones doscientos veinticinco mil novecientos ochenta y tres con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 62.948.712,73 (pesos sesenta y dos millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos doce con 73/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 4.277.270,51 (pesos cuatro millones doscientos setenta y siete mil doscientos setenta con 51/100);

Que a fs. 58, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 61/63, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 64/65, mediante Dictamen Nº 254/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 66, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 31/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18 y los Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIÓN INTEGRAL HOSPITAL SALVADOR MAZZA - DPTO. GRAL. SAN MARTIN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 29/22, a la contratista ING. EVERADO G. BENAVÍDEZ.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 29/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $67.225.983,24 (pesos sesenta y siete millones doscientos veinticinco mil novecientos ochenta y tres con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 62.948.712,73 (pesos sesenta y dos millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos doce con 73/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 4.277.270,51 (pesos cuatro millones doscientos setenta y siete mil doscientos setenta con 51/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ING. EVERADO G. BENAVIDEZ, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 3.500.000,00 al Curso de Acción: 081017032701 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 490 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.022.

ARTICULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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