RESOLUCIÓN N° 67/22
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 7. OBRA: OPTIMIZACIÓN DE LA PLANTA POTABILIZADORA RÍO LAS CONCHAS - LOCALIDAD DE METÁN - DPTO. METÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21248, el día 09 de Junio de 2022.



SALTA, 6 de Junio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 67

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 386 - 253.544/18 - 131 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 7 de la Obra: “OPTIMIZACION DE LA PLANTA POTABILIZADORA RÍO LAS CONCHAS - LOCALIDAD DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 107/2.020 del Ministerio de Infraestructura (fs. 125/126) a la empresa J.C. SEGURA CONSTRUCCIONES S.A., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 62.838.717,94 (pesos sesenta y dos millones ochocientos treinta y ocho mil setecientos diecisiete con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020 (fs. 03/05);

Que asimismo, mediante Resolución Nº 123/21 del Ministerio de Infraestructura (fs. 127/128), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 6, suscribiéndose la Addenda Contractual por el nuevo monto en la suma de $
82.551.561,52 (pesos ochenta y dos millones quinientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y uno con 52/100) a valores de julio de 2.021 (fs. 103);

Que a fs. 41, rola la Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto Nº 1170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que a fs. 104, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 106109, mediante Actuación Nº 01/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 110/111 el Dictamen Nº 53/22 y a fs. 112 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 7,52 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021;

Que a fs. 113, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 82.959.968,87 (pesos ochenta y dos millones novecientos cincuenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho con 87/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $82.551.561,52 (pesos ochenta y dos millones quinientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y uno con 52/100) y de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021 por la suma de $ 408.407,35 (pesos cuatrocientos ocho mil cuatrocientos siete con 35/100);

Que a fs. 116, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 119/121, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 122/123 y vta., mediante Dictamen Nº 174, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 124, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante informe Nº 13/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 7 de la Obra: “OPTIMIZACIÓN DE LA PLANTA POTABILIZADORA RÍO LAS CONCHAS - LOCALIDAD DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 107/2.020 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista J.C. SEGURA CONSTRUCCIONES S.A.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución Nº 123/21 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 82.959.968,87 (pesos ochenta y dos millones novecientos cincuenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho con 87/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 82.551.561,52 (pesos ochenta y dos millones quinientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y uno con 52/100) y de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021 por la suma de $ 408.407,35 (pesos cuatrocientos ocho mil cuatrocientos siete con 35/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista J.C. SEGURA CONSTRUCCIONES S.A., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007145701 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 949 - Unidad Geográfica: 112 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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