RESOLUCIÓN N° 694/21
DECLARA FRACASADA ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 72/21. OBRA: CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - 4ª ETAPA - ESCUELA Nº 4.705 - ROSARIO DE LA FRONTERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21126, el día 06 de Diciembre de 2021.



SALTA, 30 de Noviembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 694

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159 - 278.605/17 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 72/21 llevado a cabo para la contratación de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - 4º ETAPA - ESCUELA Nº 4.705 - REPÚBLICA DE COLOMBIA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 403/21 (fs. 98/99), se dispuso el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 10.365.043,19 (pesos diez millones trescientos sesenta y cinco mil cuarenta y tres con 19/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 101/128, mediante Resolución Nº 76/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 135, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 136/137 en el Boletín Oficial, a fs. 138 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 17 de Septiembre de 2.021 (fs. 160/161), presentaron sus ofertas 03 (tres) empresas: “LÓPEZ, RODRIGO CÉSAR MATÍAS”, “INSECA S.R.L.” y “CTL ARGENTINA S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 376/378, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 76/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar inadmisibles a las ofertas presentadas por las empresas “LÓPEZ, RODRIGO CÉSAR MATÍAS” (se observa en el análisis de precios del oferente que respecto del ítem 8.1 efectuó su cotización sólo para 11,25 tejas por m2, rendimiento que no se ajusta al cómputo de cantidades mínimas de tejas por metro cuadrado), “INSECA S.R.L.” (no cumplimenta con lo normado en artículo 7 incisos i) y k) del pliego de condiciones particulares) y “CTL ARGENTINA S.R.L.” (en el análisis de precios del oferente respecto del ítem 8.1 efectuó su cotización sólo para 18 tejas por m2, rendimiento que no se ajusta al cómputo de cantidades mínimas de tejas por metro cuadrado);

Que según constancias de fs. 379/384, rolan las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 390/391, mediante Dictamen Nº 378/21, rola la intervención de la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare fracasado el proceso de adjudicación llevado a cabo para la presente contratación;

Que a fs. 392, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 105/21;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 72/21 llevado a cabo para la contratación de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - 4ª ETAPA - ESCUELA Nº 4.705 - REPÚBLICA DE COLOMBIA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 403/21, con un presupuesto oficial de $10.365.043,19 (pesos diez millones trescientos sesenta y cinco mil cuarenta y tres con 19/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y con la modalidad de Ajuste Alzado;

ARTÍCULO 2º.- Declarar Fracasada la Adjudicación Simple Nº 72/21 por resultar inadmisibles las ofertas presentadas por las empresas: “LÓPEZ, RODRIGO CÉSAR MATÍAS”, “INSECA S.R.L.” y “CTL ARGENTINA S.R.L.”, conforme a los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas a realizar la contratación de manera directa, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, ultimo párrafo de la Ley Nº 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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