RESOLUCIÓN N° 119/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1 OBRA: CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - 4º ETAPA - ESCUELA Nº 4.705 - REPÚBLICA DE COLOMBIA - ROSARIO DE LA FRONTERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21409, el día 09 de Febrero de 2023.



SALTA, 01 de febrero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 119

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159 - 278.605/17 - Cpde. 13 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - 4a ETAPA - ESCUELA Nº 4.705 - REPÚBLICA DE COLOMBIA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 202/22 (fs. 102/103) a la empresa MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 15.264.924,72 (pesos quince millones doscientos sesenta y cuatro mil novecientos veinticuatro con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 (fs. 42/44);

Que a fs. 85, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 41, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 87, mediante Actuación Nº 123/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 88/89 el Dictamen Nº 295/22 y a fs. 90 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 17,39 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022;

Que a fs. 91, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 17.388.485,33 (pesos diecisiete millones trescientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 15.264.924,72 (pesos quince millones doscientos sesenta y cuatro mil novecientos veinticuatro con 72/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $ 2.123.560,61 (pesos dos millones ciento veintitrés mil quinientos sesenta con 61/100);

Que a fs. 93, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 96/98, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 99/100, mediante Dictamen Nº 456/22, la Asesoría Legal de la Coordinación legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 101, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 53/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - 4a ETAPA - ESCUELA Nº 4.705 - REPÚBLICA DE COLOMBIA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 202/22, a la contratista MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 202/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 17.388.485,33 (pesos diecisiete millones trescientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $15.264.924,72 (pesos quince millones doscientos sesenta y cuatro mil novecientos veinticuatro con 72/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $ 2.123.560,61 (pesos dos millones ciento veintitrés mil quinientos sesenta con 61/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011071403 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 429 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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