RESOLUCIÓN N° 183D/24
ACEPTA RENUNCIA. SR. RAUL ARNALDO JURADO. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21699, el día 29 de Abril de 2024.



SALTA, 24 de Abril de 2024

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 183 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente. Nº 40502/24-código 89

VISTO la renuncia presentada por el señor RAUL ARNALDO JURADO, D.N.I Nº 12.803.082, agente de Planta Permanente, dependiente de la Subsecretaría de Abastecimiento y Mantenimiento de la Secretaria de Gestión Administrativa del Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de marzo de 2.024, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio tramitado a través del expediente Nº 024201280308259741, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo alguno a su nombre (fs. 04 y 08).

Que el agente incumplió con la presentación del examen Psico-Físico de Egreso, por su expresa manifestación (fs. 03).

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado.

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 (modificada por su similar Nº 8.274) y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega a la Secretaría General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial.

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de marzo de 2.024, la renuncia del señor RAUL ARNALDO JURADO, D.N.I Nº 12.803.082, al Cargo: Servicios Generales, Agrupamiento: Mantenimiento y Servicios Generales, Subgrupo: 5 - Nº de Orden 565, del Decreto Nº 619/16, dependiente de la Subsecretaría de Abastecimiento y Mantenimiento de la Secretaria de Gestión Administrativa del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el señor JURADO, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Mangione











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