RESOLUCIÓN N° 274/21
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 06/21. OBRA: REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN DE ESCUELA Nº 4.832 - PARAJE EL OCULTO - ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21013, el día 22 de Junio de 2021.



SALTA, 09 de Junio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 274

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N
º 47-272.236/2020-0 y agregados.

VISTO
el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 06/21, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN DE ESCUELA Nº 4.832 - PARAJE EL OCULTO - ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 91/92, mediante Resolución SOP Nº 90/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 9.172.003,60 (pesos nueve millones ciento setenta y dos mil tres con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de septiembre de 2020, un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, mediante la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la pre adjudicación de la misma;

Que a fs. 113/139, mediante Resolución N
º 06/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 142, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 147/148 en el Boletín Oficial, a fs. 149 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, a fs. 158, rolan las invitaciones a las empresas del rubro y a fs. 150/157 las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N
º 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 31 de marzo de 2021 (fs. 171/173), presentaron sus ofertas 04 (cuatro) empresas: “ÁLVAREZ CHAMON S.R.L.”, ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, “NORTE ÁRIDOS S.R.L.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 634/637, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N
º 06/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles en cuanto a los requisitos formales exigidos, a las ofertas presentadas por las empresas: “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, “ÁLVAREZ CHAMON S.R.L.”, “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.” y “NORTE ÁRIDOS S.R.L.”; pasando al análisis de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas admisibles cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, reflejando también el cumplimiento de los valores correspondientes a la mano de obra vigentes al momento de la apertura de sobres;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda pre adjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, en la suma de $ 10.088.995,07 (pesos diez millones ochenta y ocho mil novecientos noventa y cinco con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de marzo de 2021, que representa un 15,63 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancias de fs. 638/645, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 648, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 649/650, mediante Dictamen N
º 272/21, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 651, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N
º 25/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N
º 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 06/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución SOP Nº 90/21 para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN DE ESCUELA N° 4.832 - PARAJE EL OCULTO - ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 9.172.003,60 (pesos nueve millones ciento setenta y dos mil tres con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de septiembre de 2020, un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.” y “NORTE ARIDOS S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en este orden de prelación.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar en el marco del artículo 14 de la Ley Nº 8.072, a la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, CUIT Nº 20-16297371-2, la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN DE ESCUELA Nº 4.832 - PARAJE EL OCULTO - ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 10.088.995,07 (pesos diez millones ochenta y ocho mil novecientos noventa y cinco con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de marzo de 2021, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007159501 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 659 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 7º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



de La Fuente





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