RESOLUCIÓN N° 283/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CISTERNA DE ALMACENAMIENTO DE LA POMA - DPTO. LA POMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21014, el día 23 de Junio de 2021.



SALTA, 16 de Junio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 283

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386-270012/2020-0 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “CISTERNA DE ALMACENAMIENTO DE LA POMA - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/284, el Sr. Intendente de la Municipalidad de La Poma, eleva el proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene por objeto la construcción de una nueva cisterna de almacenamiento en hormigón armado con una capacidad proyectada a 20 años, en consideración al deterioro y deficiente capacidad de la existente;

Que la presente contratación comprende el proyecto ejecutivo, la demolición de la cisterna existente y cerco perimetral, 15 ml de cerco perimetral olímpico, 329,21 m3 de movimiento de suelos, 12,92 m3 de hormigón limpieza, 20,62 m3 de tabiques de HºAº, 25,64 m3 de hormigón para losa inferior, 19,42 m3 de losa superior, la provisión y colocación de válvulas exclusas y piezas especiales, 2,01 m3 de cámara para válvula esclusa, , acero estructural, 3 compuertas y la limpieza de obra;

Que en virtud de ello, a fs. 286/295, la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 8.312.897,27 (pesos ocho millones trescientos doce mil ochocientos noventa y siete con 27/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de La Poma;

Que a fs. 294, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 149/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 296, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto;

Que a fs. 302/305, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 306/307, rola Dictamen Nº 176/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 308, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente, mediante Informe Nº 125/21;

Que a fs. 310, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CISTERNA DE ALMACENAMIENTO DE LA POMA - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 8.312.897,27 (pesos ocho millones trescientos doce mil ochocientos noventa y siete con 27/100) IVA incluido, con  la Modalidad Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de La Poma.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de La Poma, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 082007154601 - Proyecto: 539 - Unidad Geográfica. 91 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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