RESOLUCIÓN N° 327D/21
ACEPTA LA RENUNCIA DEL SARGENTO LUIS ERNESTO RODRÍGUEZ. SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21015, el día 24 de Junio de 2021.



SALTA, 18 de junio de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 327 D

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Expte. Nº 0080050-50314/21

VISTO
la renuncia presentada por el Sargento del Servicio Penitenciario de la Provincia, Luis Ernesto Rodríguez; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01, el Sargento Luis Ernesto Rodríguez eleva nota dirigida al Director General del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, en la que presenta su renuncia a las filas de la Institución Penitenciaria, fundada dicha dimisión en razones particulares;

Que el mencionado sargento fue incorporado en el Servicio Penitenciario de la Provincia mediante el Decreto Nº 1.001/2012;

Que a fs. 04, el Departamento Personal de la Dirección de Cuerpo Penitenciario informa que se otorgó al dimitente las licencias pendientes de usufructo, correspondientes al periodo 2021, solicitando el corte de haberes del citado personal a partir del 04/03/21;

Que conforme constancia de fs. 08, el renunciante no se sometió al examen médico de egreso previsto en la normativa reglamentaria de la Ley Nº 24.557 (Decreto Nº 1.338/96, artículo 9º, Resolución SRT Nº 43/97, art. 6º) y Decreto Nº 1.901/09), por lo que deberá dejarse expresa constancia de ello, deslindando todo tipo de responsabilidad por parte de la institución en caso de surgir alguna novedad con respecto a su salud;

Que a fs. 15, la Dirección de Administración informa conforme a lo manifestado por la División Economato, División Tesorería y División Teneduría de Libros que el Sargento Luis Ernesto Rodríguez, no registra deudas por ningún concepto relacionado a su vinculación con el Servicio Penitenciario de la Provincia;

Que han tomado la debida intervención las Asesorías Jurídicas de la Dirección General del Servicio Penitenciario como de la Subsecretaría de Políticas Penales, dictaminando que corresponde el dictado del instrumento legal pertinente;

Que asimismo, resulta oportuno destacar que la Ley Nº 5.639, en su artículo 91º, inciso b) expresa que la baja de un agente podrá producirse a su solicitud, por lo que resulta ajustado a derecho hacer lugar a la renuncia presentada a fs. 01;

Que atento lo expresado y en virtud al Dictamen Nº 667/21 de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, inserto a fs. 32, es procedente el dictado del instrumento legal correspondiente aceptando la renuncia interpuesta por el Sargento del Servicio Penitenciario de la Provincia, Luis Ernesto Rodríguez, a partir del 04 de marzo de 2021;

Por ello, atento a las facultades delegadas por el Decreto Nº 1.595/12 y conforme las potestades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 8.171 y demás normas reglamentarias vigentes;

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Sargento del Servicio Penitenciario de la Provincia, LUIS ERNESTO RODRÍGUEZ, DNI Nº 32.857.394, Legajo Personal Nº 3.544, con vigencia al día 04 de marzo de 2021, en mérito a las razones enunciadas en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el renunciante no se sometió al examen médico de egreso previsto en la normativa reglamentaria de la Ley Nº 24.557, (Decreto Nacional Nº 1.338/96, artículo 9º, Resolución SRT Nº 43/97, art. 6º) y Decreto Nº 1.901/09.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Pulleiro





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