SALTA, 2 de Junio de 2022
RESOLUCIÓN Nº 373
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 202.275/17 - 47 Cpde. y agregados.
VISTO la documentación técnica correspondiente al Adicional Nº 1, surgido en la obra “CORDON CUNETA Y BADENES - LOCALIDAD DE EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 386/19 (fs. 60/62), a la empresa ROJO CONSTRUCTORA S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obras Pública por la suma de $ 4.678.837,19 (pesos cuatro millones seiscientos setenta y ocho mil ochocientos treinta y siete con 19/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.019 (fs. 04/06);
Que a fs. 03 y 17/22, la Inspección de Obra eleva la documentación técnica del Adicional Nº 1 de la citada obra, con su cómputo y presupuesto, y plan de trabajos de las tareas que conforman el mismo;
Que las tareas adicionales consisten el trabajos de perfilado de las calles intervenidas y el acondicionamiento de las tapas de boca de registro conforme a la nueva cota de rasante de las calles, toda vez que para lograr el correcto escurrimiento de las aguas superficiales -objeto de la obra original- y en virtud de la pendiente longitudinal de las calles intervenidas que era prácticamente nula, se reformuló el proyecto bajando convenientemente la cota de cuneta para lograr el cometido;
Que a fs. 23/24 vta., toman intervención favorable la Dirección de Infraestructura Social y Productiva y la Coordinación General de Obras de la S.O.P.;
Que a fs. 41, mediante Actuación Nº 143/21, rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 42/43 el Dictamen Nº 92/21 y a fs. 44 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que el Adicional Nº 1 asciende a la suma de $ 1.400.901,15 (pesos un millón cuatrocientos mil novecientos uno con 15/100) IVA incluido a valores de mayo de 2.019, cifra que representa una variación equivalente al 29,94 % del monto contractual básico;
Que a fs. 46, la Dirección de Obras de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que el monto del adicional de referencia asciende a la suma de $ 1.400.901,15 (pesos un millón cuatrocientos mil novecientos uno con 15/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Mayo de 2.019;
Que a fs. 50, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 53/55, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 56/57, mediante Dictamen Nº 454/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del adicional de obra Nº 1;
Que a fs. 58, rola el Informe Técnico Ambiental interno Nº 490/21, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 59, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, mediante informe Nº 109/21;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículos 82 y 83 de la Ley Nº 6.838, artículo 95 del Decreto Nº 1.448/1.996 y modificatorios,
EL SECRETARIO DE OBRA PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgidos en la obra “CORDON CUNETA Y BADENES - LOCALIDAD DE EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la empresa ROJO CONSTRUCTORA S.R.L., que asciende a la suma de $ 1.400.901,15 (pesos un millón cuatrocientos mil novecientos uno con 15/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Mayo de 2.019, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de trabajos y Curva de inversión del mencionado Adicional que rola a fs. 63/64 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista ROJO CONSTRUCTORA S.R.L, por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente