DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 519/24
DESIGNA A LA C.P.N. FANNY MAGDALENA TAPIA, EN LA FUNCIÓN DE GERENTE ADMINISTRATIVO DEL HOSPITAL DE SAN CARLOS.

Publicado en el Boletín N° 21827, el día 04 de Noviembre de 2024



SALTA, 31 de Octubre de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 519

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 0100321-104350/2023-0

VISTO
la Ley Nº 8.171, modificada por su similar Nº 8.274, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, y el Decreto Nº 124/20; y,

CONSIDERANDO:

Que se procede a designar a la CPN Fanny Magdalena Tapia en la función de Gerente Administrativo del Hospital de San Carlos;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274 y lo establecido por los Decretos Nºs. 16/19 y 12/23;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- A partir de la fecha de toma de posesión, designar a la CPN FANNY MAGDALENA TAPIA, D.N.I. Nº 33.753.522, Matrícula Profesional Nº 4.451, en Ia función de Gerente Administrativo del Hospital de San Carlos, Función Nº 10, Decreto Nº 1.034/96.

ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia y hasta la aprobación del nuevo régimen remunerativo para el personal incluido en el artículo 3º inciso g) de la Ley Nº 7.678 y por aplicación del artículo 31, la CPN FANNY MAGDALENA TAPIA, D.N.I. Nº 33.753.522, Matrícula Profesional Nº 4.451, percibirá los haberes que le corresponden a un personal del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de Salud Pública de Salta, incluido en el agrupamiento: Administrativo, subgrupo: 1, con régimen horario de dedicación exclusiva y disponibilidad permanente y el adicional por función jerárquica equivalente a Jefe de División.

ARTÍCULO 3º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción: 081007001000, Inciso: Gastos en Personal, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º - La presente Decisión será refrendada por el señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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