SALTA, 17 de Julio de 2024
RESOLUCIÓN Nº 99
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 386 - 247.191/22 - Cpde. 49 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 6 y 7 de la obra “POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 79/23 del Ministerio de Infraestructura a la empresa “CIPROE S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 250.185.942,44 (pesos doscientos cincuenta millones ciento ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos con 44/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Abril de 2023;
Que asimismo, mediante Resolución Nº 55/24 del Ministerio de Infraestructura, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 3, 4 y 5, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 403.621.234,60 (pesos cuatrocientos tres millones seiscientos veintiún mil doscientos treinta y cuatro con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre del 2023;
Que a fs. 42/43, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 16, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 45, mediante Actuación Nº 216/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 46/47 el Dictamen Nº 452/24 y a fs. 47 vta. La conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 75,83 % y 5,28 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Enero y Febrero del 2024 respectivamente;
Que a fs. 49/50, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 604.634.286,81 (pesos seiscientos cuatro millones seiscientos treinta y cuatro mil doscientos ochenta y seis con 81/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero del 2024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Octubre del 2023 por la suma de $ 403.621.234,60 (pesos cuatrocientos tres millones seiscientos veintiún mil doscientos treinta y cuatro con 60/100), de la actualización N° 6 a valores correspondientes al mes de Enero de 2024 por la suma de $ 181.169.268,16 (pesos ciento ochenta y un millones ciento sesenta y nueve mil doscientos sesenta y ocho con 16/100) y de la actualización N° 7 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2024 por la suma de $ 19.843.784,05 (pesos diecinueve millones ochocientos cuarenta y tres mil setecientos ochenta y cuatro con 05/100);
Que a fs. 54/55, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 61, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 62/63, mediante Dictamen Nº 280/24 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 64, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 208/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 6 y 7 de la obra “POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 79/23 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista “CIPROE S.R.L.”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución Nº 55/24 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 604.634.286,81 (pesos seiscientos cuatro millones seiscientos treinta y cuatro mil doscientos ochenta y seis con 81/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero del 2024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Octubre del 2023 por la suma de $ 403.621.234,60 (pesos cuatrocientos tres millones seiscientos veintiún mil doscientos treinta y cuatro con 60/100), de la actualización N° 6 a valores correspondientes al mes de Enero de 2024 por la suma de $ 181.169.268,16 (pesos ciento ochenta y un millones ciento sesenta y nueve mil doscientos sesenta y ocho con 16/100) y de la actualización N° 7 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2024 por la suma de $ 19.843.784,05 (pesos diecinueve millones ochocientos cuarenta y tres mil setecientos ochenta y cuatro con 05/100).
ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “CIPROE S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 92007178102 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 1023 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.
ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Camacho