SALTA, 01 de Noviembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1039
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 386 - 170.999/24 - 0 y agregados.
VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “TERMINACIÓN DE PISCINA DE NATACIÓN MUNICIPAL DE EL TALA - 3ª ETAPA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/41, el Intendente de la Municipalidad de El Tala, eleva el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá finalizar y garantizar el correcto funcionamiento de la piscina de natación que se ubica en el Complejo Deportivo Municipal de la citada localidad;
Que la presente contratación tiene por objeto culminar la pileta de natación semiolimpica, con una medida de 12,50 m de ancho por 25 m de largo, con una profundidad variable de 0,80 m a 2,00 m, con 5 carriles de 2,5 m., ejecutando los restantes trabajos pendientes de instalaciones sanitarias y eléctricas, revoques, contrapisos, pisos y veredas perimetrales, pintura y limpieza final de obra, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y Técnica de fs. 03/28;
Que, en virtud de ello, a fs. 44/59, la entonces Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 188.388.685,97 (pesos ciento ochenta y ocho millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y cinco con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.024, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 53/54;
Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Tala;
Que a fs. 60, rola el informe Técnico Ambiental Nº 197/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 66/67, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 37/24 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 68, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 69/70, rola Dictamen Nº 514/24 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 71, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 121/24;
Que a fs. 72, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y la Resolución Nº 06/24 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “TERMINACIÓN DE PISCINA DE NATACIÓN MUNICIPAL DE EL TALA - 3ª ETAPA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 188.388.685,97 (pesos ciento ochenta y ocho millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y cinco con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.024, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de El Tala.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de El Tala, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 85.818.582,01 al Curso de Acción: 092007154301 - Proyecto: 489 - Unidad Geográfica. 84 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.
ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente