RESOLUCIONES



SALTA, 31 de Octubre de 2024

RESOLUCIÓN Nº 1038

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 258.567/23 - 0 y agregados.

VISTO el Convenio de Rescisión de Obra Pública celebrado entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este, correspondiente a la obra “CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y CORDÓN CUNETA EN COMUNIDAD ALTO DE LA SIERRA - ETAPA 1 - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 791/24, se adjudica la obra y se aprueba la suscripción del Convenio de Obra Pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este, para la ejecución de la mencionada obra, por la suma la de $ 79.991.545,64 (pesos setenta y nueve millones novecientos noventa y un mil quinientos cuarenta y cinco con 64/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, con la modalidad de Ajuste Alzado y un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, en el marco de lo dispuesto por el articulo 15º inc. a) de la Ley Nº 8.072;

Que tal como surge del informe efectuado por la Inspección de Obra de la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. y la Nota presentada por la Municipalidad de Santa Victoria Este, se solicita rescindir de común acuerdo el convenio celebrado, en virtud de la situación planteada por la comunidad de la zona, quienes no están de acuerdo con que se realice el pavimento y cordón cuneta previstos e impedirían el ingreso al lugar tanto de personal obrero como equipos y vehículos, existiendo un impedimento para que pueda finalizarse en las condiciones  originariamente pactadas;

Que tal como lo establece el artículo 55 inciso c) de la Ley N° 8.072, los contratos podrán extinguirse en el supuesto de que existe común acuerdo de la misma;

Que asimismo, el articulo 76 inc. c) de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18, establece que la rescisión contractual por mutuo acuerdo deberá fundarse en motivos graves y sobrevinientes a la adjudicación, y que deberán acordarse los efectos patrimoniales y no patrimoniales derivados de la misma;

Que en igual sentido, el articulo, el artículo 15.6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P. N° 216/19 establece que ambas partes podrán acordar la rescisión del contrato cuando razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificados imposibiliten su cumplimiento o como consecuencia de motivos sobrevienta a la adjudicación;

Que a fs. 67, la entonces Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. presta conformidad a la solicitud de rescisión requerida;

Que a fs. 68/70, rola informe emitido por el Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.) del Ministerio de Infraestructura, relacionado al estado financiero de la obra;

Que a fs. 71/72, mediante Dictamen Nº 396/24, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de rescisión correspondiente;

Que a fs. 73, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 96/24;

Por ello, con encuadre legal en los artículos 55 inciso c) de la Ley Nº 8.072, 76 inciso c) de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18 y 15.6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P. Nº 216/19,

EL SECRETARÍO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Convenio de Rescisión de Obra Pública celebrado entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y CORDÓN CUNETA EN COMUNIDAD ALTO DE LA SIERRA - ETAPA 1 - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, el que como Anexo forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Remitir copia de la presente resolución al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura para su conocimiento.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO


R. S/C N° 100014881
Orden de Publicación: 100119495
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 11/11/2024

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