RESOLUCIONES



SALTA, 30 de Octubre de 2024

RESOLUCIÓN Nº 1036

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47 - 45.359/23 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la entonces Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE DOS AULAS Y SANITARIOS EN ANEXO TRANQUITAS - COLEGIO Nº 5.188 - PARAJE TRANQUITAS - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/34, rola la solicitud y los antecedentes presentados por la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, planteando la necesidad de la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará mejorar las condiciones edilicias para una mejor prestación de los servicios de educación que se brinda en el Anexo de la Escuela Nº 5.188 ubicado en el Paraje Tranquitas del municipio de Tartagal;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de dos aulas con núcleo sanitario y galería para el edificio anexo de la escuela de referencia, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 76/77 y de las especificaciones técnicas de fs. 45/58 y 68;

Que en virtud de ello, a fs. 75/90, la entonces Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 164.443.066,20 (pesos ciento sesenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y tres mil sesenta y seis con 20/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.024, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 84/85;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Tartagal;

Que a fs. 69, rola el informe Técnico Ambiental Nº 125/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 96/97, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 37/24 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 98, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 99/100, rola el Dictamen Nº 490/24 emitido por la Asesoría Legal de la S.O.P., con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 101, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 116/24;

Que a fs. 102, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y la Resolución Nº 06/24 de la Secretaría de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la entonces Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE DOS AULAS Y SANITARIOS EN ANEXO TRANQUITAS - COLEGIO Nº 5.188 - PARAJE TRANQUITAS - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 164.443.066,20 (pesos ciento sesenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y tres mil sesenta y seis con 20/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.024, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Tartagal.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Tartagal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 106.887.993,03 al Curso de Acción: 071011128001 - Proyecto: 269 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100014884
Orden de Publicación: 100119499
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 11/11/2024

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