DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 417/24
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. LIC. MARÍA AGUSTINA LÓPEZ BAÑO.

Publicado en el Boletín N° 21798, el día 23 de Septiembre de 2024



SALTA, 16 de Septiembre de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 417

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 117.251/2024 - código 376

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. María Agustina López Baño; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que la nombrada desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo de la Dra. María Magdalena del Sol Rioja, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administrativa Nº 249/24, a partir del 01 de julio del 2024;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decretos Nºs 13/19 y 12/23, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Dra. María Magdalena del Sol Rioja, D.N.I. Nº 32.805.038, aprobado por Decisión Administrativa Nº 249/24, con vigencia al 01 de julio del 2024.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. María Agustina López Baño, D.N.I. Nº 38.470.928, con vigencia al 01 de julio y hasta el 31 de agosto del 2024, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio 2024.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Mimessi



VER ANEXO




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