DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 494/24
RESCINDE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS. SRA. FLAVIA BELÉN RENFIJES PÁEZ. APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SR. NICOLÁS FACUNDO HUERTA. SECRETARÍA DE PRIMERA INFANCIA, NIÑEZ Y FAMILIA.

Publicado en el Boletín N° 21819, el día 23 de Octubre de 2024



SALTA, 21 de Octubre de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 494

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 148.298/2024 - código 376.

>VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el Sr. Nicolas Facundo Huerta; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que el nombrado desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo de la Sra. Flavia Belén Renfijes Páez, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administrativa Nº 249/24, a partir del 31 de agosto del 2024;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decretos Nºs 13/19 y 12/23, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Sra. Flavia Belén Renfijes Páez, D.N.I. Nº 40.326.597, aprobado por Decisión Administrativa Nº 249/24, con vigencia al 31 de agosto del 2024.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, el Sr. Nicolas Facundo Huerta, D.N.I. Nº 39.401.249, con vigencia al 01 de septiembre y hasta el 31 de diciembre del 2024, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio 2024.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Mimessi







VER ANEXO




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