SALTA, 22 de Mayo de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 213
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 270.237/2023 - código 376.
>VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaria de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. Rocío Alejandra Barrios; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho contrato se celebra para que la nombrada desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo de la Lic. María Magali Gutiérrez, cuyo acuerdo laboral, aprobado por Decisión Administrativa Nº 112/23, por la presente se rescinde a partir del 01 de diciembre del 2023;
Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por los Decretos Nºs 13/19 y 12/23, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. , María Magali Gutiérrez, D.N.I. Nº 39.361.180, aprobado por Decisión Administrativa Nº 112/23, con vigencia al 01 de diciembre del 2023.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. Rocío Alejandra Barrios, D.N.I. Nº 41.095.193, con vigencia al 01 de enero y hasta el 30 de abril del 2024, cuyo texto forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
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