DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 288/24
APRUEBA ADENDAS DE CONTRATOS DE SERVICIOS SUSCRIPTOS CON LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO. SRES. MARIO ALFREDO TOCONAZ Y CRISTIAN JESÚS CARPIO.

Publicado en el Boletín N° 21744, el día 05 de Julio de 2024



SALTA, 3 de Julio de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 288

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 142-85540/24

>VISTO la Decisión Administrativa Nº 195/24; y,

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado instrumento se aprobó la prórroga de los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, y diversos agentes en el narco de las leyes Nros. 6.902, 7.361 y su modificatoria;

Que subsistiendo las necesidades de servicio que originaron tales contrataciones, resulta procedente la renovación de las mismas;

Que la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, ha tomado intervención favorable, conforme Resolución Nº 37/24 de dicha cartera ministerial;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274, conforme lo establecido por el artículo 2º inciso 2 del Decreto Nº 13/19: Decreto Nº 12/23, Resoluciones Nº 16/21 y Nº 37/24 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar las Adendas a los contratos de servicios suscriptos entre la Secretaría de Desarrollo Agropecuario dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable y las personas consignadas en el Anexo, el cual forma parte del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente será solventado con la partida presupuestaria 061012000100.413411.1007 REGISTRO OPERADORES DE LA CARNE - Servicios No Personales - Servicios Técnicos y Profesionales - Otros NEP.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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VER ANEXO




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