SALTA, 9 de Agosto de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 348
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GOBERNACIÓN
VISTO las solicitudes de prórroga de las designaciones del personal temporario de la Administración Pública Centralizada y la necesidad de un reordenamiento administrativo, y;
CONSIDERANDO:
Que en procura de renovar al personal de carácter temporario, que ha sido solicitado previa evaluación de desempeño, se presenta conveniente en base al principio de celeridad, economía y eficacia procesal, disponer las prórrogas de designación de todo el personal en tal carácter de la Administración Pública Centralizada en un solo acto administrativo;
Que en orden a optimizar la estructura funcional del Estado, adecuando el perfil del puesto laboral al agente que cumple satisfactoriamente sus funciones en una repartición gubernamental distinta a la del organismo de origen conforme revista, y asimismo evitar el dispendio técnico - administrativo que implican las adscripciones permanentes del personal público, se presenta oportuno adoptar medidas al efecto;
Que en ese marco resulta procedente en base al principio de oportunidad, mérito y conveniencia, disponer la renovación del personal temporario en la situación descripta, en idénticas condiciones que sus designaciones precedentes, en los organismos donde efectivamente se encuentran prestando servicios;
Que desde esta perspectiva y en oportunidad de renovar al personal de carácter temporario de toda la Administración Pública Provincial Centralizada, deviene criterioso dictar el acto correspondiente con la modalidad de regularización prevista anteriormente;
Que en este sentido, es el Coordinador Administrativo de la Gobernación, en virtud del artículo 2o del Decreto Nº 13/19, quien tiene la competencia de disponer el presente acto administrativo;
Por ello,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar las designaciones del personal de carácter temporario, en las condiciones anteriores y en los organismos detallados conforme el Anexo que forma parte de la presente, a partir del 1 de julio de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar al Ministerio de Economía y Servicios Públicos a efectuar todas las reestructuraciones necesarias para el correcto cumplimiento del presente acto.
ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente, Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por la señora Secretaria General de la Gobernación; la señora Ministra de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; los señores Ministros de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo; Producción y Desarrollo Sustentable; Infraestructura; Turismo y Deporte; Economía y Servicios Públicos; Seguridad y Justicia; Salud Pública y Desarrollo Social.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Fiore Viñuales - Villada - De los Ríos Plaza - Camacho - Peña - Dib Ashur - Domínguez - Mangione - Mimessi - López Morillo