DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 393/24
APRUEBA CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO, CELEBRADOS CON EL HOTER TERMAS DE ROSARIO DE LA FRONTERA. SRA. LUNA MARISA ALEJANDRA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21791, el día 11 de Septiembre de 2024



SALTA, 9 de Septiembre de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 393

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES

EXPEDIENTE N 70-30101/24

>VISTO las necesidades de servicios del Hotel Termas de Rosario de la Frontera; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Provincial Nº 13/19, se delegó en la Coordinación Administrativa de la Gobernación la competencia para realizar las designaciones y contrataciones que impliquen prestaciones de servicios personales, en los organismos mencionados en dicho instrumento;

Que, en virtud de las necesidades de servicio presentadas en el Hotel Termas de Rosario de la Frontera, dependiente del Ministerio de Turismo y Deportes de la Provincia de Salta, se procede a contratar a la Sra. Luna Marisa Alejandra, DNI Nº 24.410.168, en el cargo de Ayudante de Cocina Categoría 03 (tres), 03 (tres; estrellas; y a los Sres. Víctor Hugo Paz, DNI Nº 38.275.256, Aponte Rodrigo Alejandro, DNI Nº 43.439.402, Aponte Enzo Ignacio Leonel, DNI Nº 40.155.404 y Villareal José Antonio DNI Nº 30.385.841; todas ellos en el cargo de OFICIAL DE OFICIOS VARIOS, categoría 04 (CUATRO) 03 (tres) estrellas; todos de la escala salarial del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 389/04 UTHGRA;

Que las contrataciones mencionadas en el párrafo anterior, se pueden llevar a cabo tomando las bajas presupuestarias generadas que se encuentran detalladas en el expediente referido;

Que han sido rubricados los Contratos Individuales de Trabajo, correspondientes, por el Hotel Termas de Rosario de la Frontera y los agentes mencionados ut supra;

Que mediante Decreto Nº 339/18 se constituye y se aprueba el Estatuto de la Sociedad “HOTELES SALTA SE"; según el cual, el Hotel Termas de Rosario de la Frontera se encuentra comprendido dentro del objeto social de explotación de dicha Sociedad, (art. 5º);

Que el artículo 4º del mencionado estatuto, reza: “La presente Sociedad se integra por el Estado Provincial -Poder Ejecutivo- y se vincula con el mismo a través del Ministerio de Cultura, Turismo y Deportes, y/o el organismo que en el futuro lo reemplace";

Por ello, con encuadre en la Ley Nº 8.171, su modificatoria, Ley Nº 8274, el artículo 2º del Decreto Nº 13/19, el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 389/04, de UTHGRA, el Decreto Provincial Nº 2401/06 y la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos de la Provincia de Salta;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- APROBAR los Contratos Individuales de Trabajo, celebrados entre el Hotel Termas de Rosario de la Frontera y los Sres. Luna Marisa Alejandra, DNI Nº 24.410.168, Víctor Hugo Paz, DNI Nº 38.275.256; Aponte Rodrigo Alejandro, DNI Nº 43.439.402; Aponte Enzo Ignacio Leonel, DNI Nº 40.155.404; Villareal José Antonio DNI Nº 30.385.841; los que como anexo forman parte del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente a la Jurisdicción del Ministerio de Turismo y Deportes.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Turismo y Deportes.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletin Oficial y archivar.



Demitrópulos - Peña







VER ANEXO




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