ORDENANZAS
Concejo Deliberante Municipal
VISTO: El Código Tributario Municipal vigente, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho texto legal tiene como finalidad fijar el marco jurídico que regule las relaciones entre el fisco municipal y los contribuyentes,
Que a tales efectos establece las funciones que debe cumplir el organismo fiscal, el domicilio de los contribuyentes como sujetos pasivos de las obligaciones tributarias, la definición concreta de éstos, de los hechos imponibles, las bases imponibles, las exenciones y reducciones de tributos, etc.,
Que, en lo que se refiere a la definición de las alícuotas aplicables, y las modalidades referidas a plazos y formas de ingresos de los gravámenes, el Código Tributario remite a lo que establezca la Ordenanza Tarifaria Anual,
Que, resulta necesario adecuar la Ordenanza Tarifaria Anual, a los efectos de reflejar los cambios operados en la dinámica propia de las actividades públicas y privadas;
Que corresponde a los Municipios darse su propia organización normativa, económica, administrativa y financiera (Art. 176 Constitución Provincial),
Que corresponde a los Concejos Deliberantes aprobar Ordenanzas Tarifarias Anuales y todas las que versen sobre tasas y contribuciones de servicios o mejoras (Art. 21 inc. 37 Ley 1349 y modif.),
Por Ello:
El Concejo Deliberante de Vaqueros
Sanciona con Fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: Aprobar la Ordenanza Tarifaria Municipal que se adjunta como Anexo I y forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Localidad de Vaqueros, los 23 días del mes de Enero de Dos Mil Catorce.
Nelson Gutiérrez
Concejal
Marina González
Secretaria Concejo Deliberante
F. N° 0001-54177
Orden de Publicación: 100039179
Importe: $120,00
Fecha/s de publicación: 07 y 10/02/2014