SENTENCIAS



TRIBUNAL DE JUICIO - SALA VI - VOCALÍA N° 3

DÍAZ, VÍCTOR JOSÉ EXPTE. JUI 167380/22



El Vocal Nº 3 de la Sala VI del Tribunal de Juicio, en cumplimiento del artículo 580 del Código Procesal Penal, comunica que en fecha 29 de Agosto de 2023 dicto la siguiente SENTENCIA: “Salta, 29 de Agosto de 2023. AUTOS Y VISTA: Esta causa caratulada: “DÍAZ, VÍCTOR JOSÉ POR ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE POR LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU REALIZACIÓN EN PERJUICIO DE M.C.E.” Expte. JUI 167380/22, Averiguación Preliminar Nº 3383/20 de la Comisaría 1 Legajo de Investigación Nº 80/20; y __RESULTANDO:___ CONSIDERANDO:___ FALLA:___I) CONDENANDO a VÍCTOR JOSÉ DÍAZ, DNI Nº 31.870.270 de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de SEIS (6) años de prisión de ejecución efectiva, accesorias de ley y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, previsto y reprimido por los artículos 119, 3º párrafo, 12, 19, 29 inciso 3°, 40 y 41 del Código Penal.____ II) ORDENANDO que oportunamente y por Secretaría se practique el correspondiente cómputo de pena y se libren los oficios de ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 573 del Código Procesal Penal.____III) HACIENDO LUGAR parcialmente a la demanda civil oportunamente interpuesta por C.E.M. y en consecuencia, condenando a Víctor José Díaz, DNI Nº 31.870.270, de las demás condiciones personales obrantes en autos, al pago a la accionante, de la suma de pesos novecientos mil ($900.000), en concepto de reparación integral y conforme con los considerandos, con más los intereses contados desde la fecha del hecho hasta el momento de su efectivo pago, calculados con la tasa pasiva mensual del Banco Nación, debiendo la actora practicar la planilla de liquidación pertinente y ORDENANDO que la suma sea abonada dentro de los diez días hábiles posteriores, corriéndose vista a la Dirección General de Rentas de Salta para la determinación final de la Tasa de Justicia y a la Caja de Previsión Social para Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta. Ello conforme con los artículos 1716, 1717, 1721, 1722, 1737, 1746, y concordantes y correlativos del Código Civil y Comercial, con costas a cargo de la parte demandada y en la proporción en que la misma prospere.____ IV) ORDENANDO la PRISIÓN PREVENTIVA del condenado VÍCTOR JOSÉ DÍAZ, DNI Nº 31.870.270, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden a las razones expuestas en los considerandos, la que deberá efectivizarse desde el día de la fecha, disponiéndose en consecuencia la inmediata detención y traslado al Centro de Contraventores, para su posterior alojamiento en la Alcaidía General, debiéndose librar los correspondientes oficios de ley.____ V) DEJANDO SIN EFECTO las medidas sustitutivas impuestas en fecha 20/08/2020 por el Juzgado de Garantías de la Primera Nominación, a Víctor José Díaz, al otorgárseles la libertad, (fs. 23/24), atento a la prisión preventiva dispuesta en la fecha en el punto que antecede._____ VI) ORDENANDO se cite a la víctima, a fin de dar cumplimiento con lo establecido por la Ley Nº 27.375 modificatoria de la Ley Nº 24.660 de “Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad”, labrándose el pertinente acta.______ VII) ORDENANDO que una vez firme el presente decisorio, se proceda a la realización del examen genético del condenado Víctor José Díaz, DNI Nº 31.870.270, y lo sea por el Servicio de Biología Molecular del Departamento técnico del Cuerpo de Investigadores Fiscales (C.I.F.), y su posterior inscripción en los bancos de datos genéticos que correspondan, previa asignación del dato único de identificación genética -DUIG- conforme lo dispone el artículo 18 de la Ley 7.775 y artículo 9 del decreto reglamentario N 734/16 y Ley Nacional 26.879 (art. 5)._____ VIII) DISPONIENDO que la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) realice las gestiones necesarias tendientes a la toma de muestras fotográficas actualizadas del condenado Víctor José Díaz, DNI Nº 31.870.270, de frente y de ambos perfiles._____ IX) DISPONIENDO que una vez firme la presente, se resuelva sobre los bienes secuestrados en autos, de conformidad con lo establecido por el Código Procesal Penal, la Ley de Secuestro Nº 7.838 y la Acordada Reglamentaria Nº 11905.____ X) ORDENANDO que se REGISTRE, COMUNIQUE Y CUMPLA”. Fdo.: Dr. Guillermo D. Pereyra- Juez, Dra. María Florencia Román - Secretaria.

DATOS PERSONALES: VÍCTOR JOSÉ DÍAZ, DNI Nº 31.870.270, argentino, nacido el 22/08/86, hijo de Elsa Margarita Díaz.

CUMPLE LA PENA IMPUESTA: El día 15 de Agosto de 2029.

La sentencia fue confirmada en fecha 28/12/2023 por la Sala IV del Tribunal del Tribunal de Impugnación.



Dr. Guillermo D. Pereyra,  JUEZ




R. S/C N° 100012917
Orden de Publicación: 100113279
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 23/04/2024

Responsive image Responsive image