SALTA, 21 de Mayo de 2024
RESOLUCIÓN Nº 010/2024
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
Expediente Nº 165-67974/2024-0
VISTO la Ley Provincial Nº 6.633, Decreto 1893/92 y Resolución Nº 78/22 del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 78/22 del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable se aprueba el Programa de Créditos para el Desarrollo Cooperativo en el ámbito de la Secretaría de Industria, Comercio y Empleo, designando en su artículo 3º a la misma como autoridad de aplicación;
Que conforme lo establece el artículo 4º de la mencionada resolución, queda facultada esta Secretaría a dictar las normativas complementarias y necesarias para la plena operatividad del régimen;
Que en el Anexo del Programa de Créditos para el Desarrollo Cooperativo, se establecen tres líneas de financiamiento, a saber: “Línea A: Promoción” hasta $500.000, “Línea B: Consolidación” hasta $1.000.000 y “Línea C: Fortalecimiento” hasta $200.000;
Que la actualización de los montos de financiamiento resulta fundamental para garantizar que el programa continúe cumpliendo su objetivo de financiar el capital de trabajo, inversión y capacitación necesarios para reactivar las actividades y servicios de las cooperativas;
Que, asimismo, contar con líneas de créditos fortalecidas y adaptadas a la inflación ocurrida desde la aprobación del programa contribuye al desarrollo sostenible del sector cooperativo de la provincia;
Que la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Industria, Comercio y Empleo ha tomado la intervención correspondiente;
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícanse los montos máximos para financiamiento fijados en el Programa de Créditos para el Desarrollo Cooperativo aprobado por Resolución Nº 78/22 del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, Anexo, apartado C, de acuerdo al siguiente detalle:
CATEGORÍA LINEAS MONTO PLAZO GARANTIAS PERÍODO
MAXIMO TOTAL DE GRACIA
PROMOCION LINEA A $1.000.000.
SERAN GARANTES SOLIDARIOS MEDIANTE PAGARÉ EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO Y EL TESORERO
CONSOLIDACION LINEA B $10.000.000.- 18 CUOTAS TASA 0% POSIBILIDAD DE ADELANTAR
3 meses.
FORTALECIMIENTO LINEA C $500.000. APORTES NO PRESENTAR LA
REEMBOLSA- BLES RENDICIÓN DE CRÉDITOS LÍNEA A O B
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ARTÍCULO 2º.- Registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Avellaneda