SALTA, 19 de Julio de 2024
RESOLUCIÓN Nº 708
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 155 - 228.789/22 - Cpde. 16 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, 2 y 3 de la obra “MEJORAS EN CANCHA DE BEISBOL DEL PARQUE URBANO BICENTENARIO - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 816/23 a la firma “SIMA DEL NORTE S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 108.106.650,68 (pesos ciento ocho millones ciento seis mil seiscientos cincuenta con 68/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023;
Que a fs. 43, 85 y 131, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 18, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 132, mediante Actuación Nº 39/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 133/134 el Dictamen Nº 295/24 y a fs. 134 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 14,98, 9,91 % y 45,23 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del 2.023 respectivamente;
Que a fs. 135/137, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 167.833.015,72 (pesos ciento sesenta y siete millones ochocientos treinta y tres mil quince con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 108.106.650,68 (pesos ciento ocho millones ciento seis mil seiscientos cincuenta con 68/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 12.952.301,15 (pesos doce millones novecientos cincuenta y dos mil trescientos uno con 15/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 9.853.285,22 (pesos nueve millones ochocientos cincuenta y tres mil doscientos ochenta y cinco con 22/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 36.920.778,67 (pesos treinta y seis millones novecientos veinte mil setecientos setenta y ocho con 67/100);
Que a fs. 139/140, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Turismo y Deportes, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 141/143, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 146/148, mediante Dictamen Nº 285/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad de los trámites de aprobación de las redeterminaciones de precios solicitadas;
Que a fs. 149, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 193/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, 2 y 3 de la obra “MEJORAS EN CANCHA DE BEISBOL DEL PARQUE URBANO BICENTENARIO - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 816/23, a la contratista “SIMA DEL NORTE S.R.L.”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 816/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 167.833.015,72 (pesos ciento sesenta y siete millones ochocientos treinta y tres mil quince con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 108.106.650,68 (pesos ciento ocho millones ciento seis mil seiscientos cincuenta con 68/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 12.952.301,15 (pesos doce millones novecientos cincuenta y dos mil trescientos uno con 15/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 9.853.285,22 (pesos nueve millones ochocientos cincuenta y tres mil doscientos ochenta y cinco con 22/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 36.920.778,67 (pesos treinta y seis millones novecientos veinte mil setecientos setenta y ocho con 67/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “SIMA DEL NORTE S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 041016000402 - Cta. Obj.: 123121 - Aux.: 1000 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente