SALTA, 07 de Agosto de 2024
RESOLUCIÓN Nº 791
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 258.567/23 - 0 y agregados.
VISTO el Legajo Técnico elaborado por la entonces Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y CORDÓN CUNETA EN COMUNIDAD ALTO DE LA SIERRA - ETAPA I - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/15, el señor Intendente de la Municipalidad de Santa Victoria Este presenta el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá mejorar el acceso tanto vehicular como peatonal en la localidad de Alto de la Sierra y solucionar parcialmente el problema del escurrimientos de agua lluvia, permitiendo de esta forma incrementar la calidad de vida de un sector importante de la población beneficiando la infraestructura de la zona;
Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de 1.668,39 m2 de superficie de rodamiento, incluyendo pavimento articulado, bocacalles, cordón cuneta, faja de confinamiento y faja de contención, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 18 y las especificaciones técnicas de fs. 30/37;
Que, en virtud de ello, a fs. 17/37, la entonces Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 79.991.545,64 (pesos setenta y nueve millones novecientos noventa y un mil quinientos cuarenta y cinco con 64/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes Mayo de 2.024, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 19;
Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este;
Que a fs. 38, rola el informe Técnico Ambiental Nº 77/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 45/46, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 37/24 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 47/48, rola Dictamen Nº 326/24 emitido por la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P., con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 49, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 48/24;
Que a fs. 50, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 52, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y la Resolución Nº 06/24 de la Secretaría de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la entonces Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y CORDÓN CUNETA EN COMUNIDAD ALTO DE LA SIERRA - ETAPA I - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 79.991.545,64 (pesos setenta y nueve millones novecientos noventa y un mil quinientos cuarenta y cinco con 64/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes Mayo de 2.024, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Santa Victoria Este.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Santa Victoria Este, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007194201 - Proyecto: 1036 - Unidad Geográfica: 133 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente