SALTA, 12 de Agosto de 2024
RESOLUCIÓN Nº 806
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 196 - 84.042/21 - Cpde. 16 y agregados.
>VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 de la obra “NORMALIZACION DE LA INSTALACION ELECTRICA DEL HOSPITAL DR. ROMANOV - GUACHIPAS - DPTO. GUACHIPAS - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 948/22 a la firma SOMECO S.A.S, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 13.382.040,01 (pesos trece millones trescientos ochenta y dos mil cuarenta con 01/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre 2.022 (fs. 04/05);
Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 181/24 se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 16.599.861,91 (dieciséis millones quinientos noventa y nueve mil ochocientos sesenta y uno con 91/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023;
Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 02 rola Nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 44, mediante Actuación Nº 141/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 44/46 el Dictamen Nº 469/24 y a fs. 46 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 6,13 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023;
Que a fs. 47, la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 17.414.352,54 (pesos diecisiete millones cuatrocientos catorce mil trescientos cincuenta y dos con 54/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 16.599.861,91 (dieciséis millones quinientos noventa y nueve mil ochocientos sesenta y uno con 91/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 814.490,63 (pesos ochocientos catorce mil cuatrocientos noventa con 63/100);
Que a fs. 49, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 52, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 55/56, mediante Dictamen Nº 334/24, la Asesoría Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 57, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 41/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 de la obra “NORMALIZACION DE LA INSTALACION ELECTRICA DEL HOSPITAL DR. ROMANOV - GUACHIPAS - DPTO. GUACHIPAS - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 948/22, a la contratista SOMECO S.A.S.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 181/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 17.414.352,54 (pesos diecisiete millones cuatrocientos catorce mil trescientos cincuenta y dos con 54/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 16.599.861,91 (dieciséis millones quinientos noventa y nueve mil ochocientos sesenta y uno con 91/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 814.490,63 (pesos ochocientos catorce mil cuatrocientos noventa con 63/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista SOMECO S.A.S, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017006702- Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 1025 - Unidad Geográfica: 63 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente