RESOLUCIONES



SALTA, 12 de Agosto de 2024

RESOLUCIÓN Nº 808

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 44 - 220.413/20 - Cpde. 24 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 6, 7 y 8 de la obra “CONSTRUCCION EDIFICIO COMISARIA Nº 31 - ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA -- PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 289/23 a la firma “ALVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 158.671.883,53 (pesos ciento cincuenta y ocho millones seiscientos setenta y un mil ochocientos ochenta y tres con 53/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023;

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 608/24, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 5, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 290.371.916,96 (pesos doscientos noventa millones trescientos setenta y un mil novecientos dieciséis con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023;

Que a fs. 165/166 el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 44, rola Nota de Pedido N° 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 171 mediante Actuación Nº 220/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 172/173 el Dictamen Nº 504/24 y a fs. 173 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 46,99 %, 11,80 % y 6,82 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Diciembre de 2.023 y Enero y Febrero de 2.024, respectivamente;

Que a fs. 175/177, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 441.173.041,05 (pesos cuatrocientos cuarenta y un millones ciento setenta y tres mil cuarenta y uno con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 290.371.916,96 (pesos doscientos noventa millones trescientos setenta y un mil novecientos dieciséis con 96/100), de la actualización N° 6 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 95.545.941,18 (pesos noventa y cinco millones quinientos cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y uno con 18/100), de la actualización N° 7 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 35.228.312,10 (pesos treinta y cinco millones doscientos veintiocho mil trescientos doce con 10/100) y de la actualización N° 8 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024 por la suma de $ 20.026.870,81 (pesos veinte millones veintiséis mil ochocientos setenta con 81/100);

Que a fs. 178/179, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 182/190, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 194/195, mediante Dictamen Nº 346/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 196, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 230/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 6, 7 y 8 de la obra “CONSTRUCCION EDIFICIO COMISARIA Nº 31 - ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA -- PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 289/23, a la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 608/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 441.173.041,05 (pesos cuatrocientos cuarenta y un millones ciento setenta y tres mil cuarenta y uno con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 290.371.916,96 (pesos doscientos noventa millones trescientos setenta y un mil novecientos dieciséis con 96/100), de la actualización N° 6 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 95.545.941,18 (pesos noventa y cinco millones quinientos cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y uno con 18/100), de la actualización N° 7 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 35.228.312,10 (pesos treinta y cinco millones doscientos veintiocho mil trescientos doce con 10/100) y de la actualización N° 8 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024 por la suma de $ 20.026.870,81 (pesos veinte millones veintiséis mil ochocientos setenta con 81/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 130.774.253,28 al Curso de Acción: 522007001302 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Proyecto: 1034 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.024, y hasta la suma de $ 20.026.870,81 al Curso de Acción: 522007001301 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 470 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100013916
Orden de Publicación: 100116649
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 21/08/2024

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