ORDENANZAS



CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ROSARIO DE LERMA

ORDENANZA N° 3.265/24

VISTO:

La Constitución Nacional, la Constitución Provincial, La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 6.563, La Ley 8.072 y su Decreto Reglamentario 1.319;

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establece la Constitución Nacional en su art. 121 las Provincias conservan el poder no delegado a la Nación.

Que la Ley Nº 8.072 establece el Sistema de Contrataciones de la Provincia de Salta, de aplicación obligatoria en el ámbito del sector público provincial y municipal, sin excepción.

Que hasta el momento el Concejo Deliberante de Rosario de Lerma no emitió Ordenanza Municipal adhiriendo al sistema de contrataciones prevista en la Ley 8.072.

Que la Ley en su Artículo 1º establece que el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal, la Auditoría General de la Provincia, la Fiscalía de Estado y las Municipalidades, quedan habilitados para dictar normas procedimentales internas a los fines de la aplicación de la ley en sus respectivos ámbitos.

Que en lo que respecta al Régimen Municipal, la Constitución Provincial en su art. 176 preceptúa algunas de las competencias Municipales expresando lo siguiente:
Compete a los Municipios sin perjuicio de las facultades provinciales, con arreglo a las Cartas Orgánicas y Leyes de Municipalidades: 1) Darse su propia organización normativa, económica, administrativa y financiera…

Que el Decreto 1319 data del año 2018, habiéndose suscitado con el transcurso del tiempo distintos acontecimientos económicos, y sanitarios tales como el Covid que exigió las implementaciones de nuevos mecanismos de transacción y operatividad.

Que resulta necesario adecuar el procedimiento de contrataciones a las características especiales de la Municipalidad de Rosario de Lerma, por lo que por oportunidad, mérito y conveniencia en la contextualización socioeconómica que se transita, es necesario instrumentar normativa local al respecto, adhiriendo a la Ley Nº 8.072 y reglamentando el Sistema de Contrataciones de la Provincia.

Que por lo expuesto y en el marco de las facultades contenidas en el Artículo 121 de la Carta Municipal corresponde la emisión del instrumento legal pertinente.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ROSARIO DE LERMA,

REUNIDO EN LA SESION ORDINARIA DEL PERÍODO 2024

HA ACORDADO Y ORDENA:

ARTÍCULO 1°: ADHERIR a la Ley 8072 “Sistemas de Contrataciones de la Provincia de Salta”.

ARTÍCULO 2º: APROBAR la Reglamentación de la Ley N° 8.072 referente al Sistema de Contrataciones de la Provincia, la que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3º: DEJAR SIN EFECTO toda norma que se oponga a la presente, en virtud de dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 4º. FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Rosario de Lerma a dictar reglamentaciones que estime pertinente para regularizar las cuestiones no normadas en la presente Reglamentación.

ARTÍCULO 5º. TOMAR razón las Secretarías que componen el Departamento Ejecutivo Municipal, con sus respectivas dependencias.

ARTÍCULO 6°: DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES JOSÉ HERNÁNDEZ A LOS 8 DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2024.



Aurelia Córdoba, PRESIDENTA - Carolina Guzmán, SECRETARIA DE CUERPO



VER ANEXO


F. N° 0011 - 00021663
Orden de Publicación: 100116842
Importe: $7,379E05
Fecha/s de publicación: 26/08/2024

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