REMATES JUDICIALES



POR MARCELO HUGO NUÑEZ  - JUICIO EXPEDIENTE N° 610.810/17



El Dr. Nicolás Postigo Zafaranich - Juez y Secretaría a cargo de la Dra. Daniela Inés Quiroga, del Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de 3ra. Nominación, en los autos caratulados: "ROLDAN, NESTOR AQUINO C/PEREZ TEJEDA, VICTOR ARIEL; PEREZ TEJEDA, LUCIANO JAVIER; PEREZ TEJEDA, SOL ESTEFANIA; PEREZ TEJEDA, ROSA; CONDORÍ, MIRTA GUILLERMINA; CONDORÍ, SARA ISABEL POR DIVISIÓN DE CONDOMINIO - EXPTE. N° 610.810/17". ORDENA: Que, día 16 de Agosto a hs 18:00, en calle Tucumán N° 702 de la ciudad de Salta Capital, se realice en Pública Subasta, y sin base, el 100 % del inmueble identificado con catastro N° 20296, del Departamento Capital ubicado en el B° Miguel Ortiz de la Ciudad de Salta el cual posee las siguientes comodidades: el inmueble está compuesto por; una cocina; un comedor; dos habitaciones; un baño; existen otras dos construcciones precarias; Una con dos habitaciones y un baño; y la otra con dos habitaciones, baño y una cocina comedor (ésta última con techo de chapa). El inmueble cuenta con electricidad, agua, gas natural y está en regular estado de conservación. Ocupante: el Sr. Perez Tejada, Victor Ariel. Condiciones: exigir al comprador, en el acto del remate el pago del 30 % del precio a cuenta del mismo, so pena de dejarse sin efecto la adjudicación y de continuar la subasta en el mismo acto, y aplicar al remiso las responsabilidades contempladas en el Art. 597 de la Ley mencionada. Dentro de los cinco días de aprobado el remate, el comprador deberá depositar el saldo del precio en el Banco Macro S.A., a la orden del Juzgado y como perteneciente a estos autos (Art. 593 C. Pr.). El Comprador deberá constituir domicilio procesal en el acta de remate dentro del perímetro de esta ciudad, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido automáticamente en los estrados de juzgado (arts. 592 y 41). Las actuaciones correspondientes al remate, conjuntamente con la rendición de cuentas, deben presentarse al Juzgado dentro de los tres días de realizado (Art. 591 C. Pr.). Sellado: con relación al impuesto de sellos que grava a las actas de remate, comprendidas en las actuaciones judiciales (Arts. 239 C.F.) el 50 % de su importe deberá ser abonado por el Comprador en el mismo acto de la subasta al Martillero actuante, quién lo abonará en autos; el 50 % restante será deducido del producido del remate. Así mismo, el Martillero, en la oportunidad de la presentación de la planilla de gastos, deberá determinar el monto correspondiente al tributo mencionado, y acompañar acta de remate con el timbrado correspondiente de la D.G.R. Igualmente se establece que el impuesto a la venta del bien raíz que estatuye el Art. 7 de la Ley 23.905 no está incluido en el precio y se abonará antes de inscribirse la transferencia. Se deja aclarado que el inmueble a subastar posee una anotación de Usufructo Vitalicio a favor de: Juana Rosa Condorí DNI N° 14.820.618 bajo Expte. N° 714.438 (datos que figuran en la Cedula Parcelaria del inmueble).- Honorarios: 5 %. Edictos por 3 días en B° Oficial y diario de mayor circulación. La subasta no se suspende, aunque el día fijado sea declarado inhábil. Informes: Martillero M.N.F., cel. 387-2253600. Monotributo.



Marcelo Hugo Núñez Ferlatti, MARTILLERO PÚBLICO




F. N° 0011 - 00021443
Orden de Publicación: 100116358
Importe: $2,411E04
Fecha/s de publicación: 13/08/2024, 14/08/2024, 15/08/2024

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