EDICTOS JUDICIALES



El Dr. Julio Leonardo Bavio, Juez Titular del Juzgado Federal de Salta Nº 1, sito en calle España Nº 394, 1er. piso, Secretaría de la Dra. María Antonia Zenteno Day, hace saber que en los autos caratulados: BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA C/RASGIDIO, ARIEL HERNAN S/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO- EXPTE. Nº 11358/2023, se ha dictado la siguiente Resolución: “Salta, 26 de octubre de 2023.- Proveyendo al escrito que antecede: en mérito a la copia de poder acompañada, téngase al Dr. Gustavo Alejandro González, por presentado en el carácter expresado, con el patrocinio letrado del Dr. Federico Bernardo Austerlitz, por constituido domicilio procesal y electrónico. Déseles la intervención correspondiente. De acuerdo con lo dispuesto por el art. 2º, inc. 6º de la Ley 48, declárase competente el Juzgado para intervenir en este juicio. Por promovida demanda contra el Sr. Ariel Hernán Rasgidio, DNI N° 29.613.780 que tramitará según las normas del Proceso Ordinario (arts. 319 y cc. del CPr.), córrase traslado al demandado, con las copias de la demanda y documentación acompañada en las presentes actuaciones, para que comparezca y la conteste dentro del plazo de quince (15) días, bajo apercibimiento de lo previsto en los arts. 41, 59 y 356 Ccit., notifíquese mediante edictos que deberán publicarse por una (1) sola vez, en los diarios de mayor circulación y Boletín Oficial, bajo apercibimiento de nombrarse defensor oficial (art. 531, inc. 2, 3º párrafo CPCCN).- Asimismo intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro del perímetro de esta ciudad, en igual plazo domicilio electrónico en virtud de lo dispuesto por la Acordada 38/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a la obligatoriedad de las notificaciones electrónicas a partir del 1° de abril de 2.014 y la Acordada 07/14 que prorrogó su implementación a partir del 19 de Mayo del mismo año en igual plazo, bajo apercibimiento de que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley (arts. 542, 40, 41 y 133 del C.Pr.). Al punto VI: atento a lo manifestado por la parte actora y teniendo en cuenta las constancias de autos,  como se pide, decrétese Embargo Preventivo sobre los sueldos y/o haberes que el demandado tenga a percibir como empleado en relación de dependencia de la firma a “CHINA RAILWAY - “VICENTE MONCHO CONTRUCCIONES¨ U.T.E. CUIT N° 30-71757753-8; y lo sea hasta cubrir la sumas de pesos trescientos noventa y tres mil novecientos trece con 98/100 ($ 393.913,98) en concepto de capital, con más la de pesos ciento cincuenta y siete mil quinientos sesenta y cinco con 59/100 ($ 157.565,59) que se estima necesaria para responder a intereses y costas, dejándose establecido que deberán ser descontadas hasta cubrir la totalidad de los montos señalados en la proporción que determina la ley respectiva, y depositarse mensualmente en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Salta, a disposición de este Juzgado y como pertenecientes a estas actuaciones; y a los efectos de la anotación del gravamen y oportuno depósito de los fondos, líbrese oficio a la empleadora, con los recaudos pertinentes para su toma de razón. Exímase a la actora de prestar caución (art. 200 código de forma). Fdo. Dr. Julio Leonardo Bavio, Juez Federal Nº 1.





Dra. Maria A. Zenteno Day, SECRETARIA




F. N° 0011 - 00021991
Orden de Publicación: 100117519
Importe: $7.953,00
Fecha/s de publicación: 17/09/2024

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