SALTA, 09 de Septiembre de 2.024
RESOLUCIÓN Nº 870
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 47 - 37.089/21- Cpde. 63 y agregados.
>VISTO la documentación técnica de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgido en la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.007 - GRAL. MARTIN MIGUEL DE GÜEMES - SALTA - CAPITAL”; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.O.P. Nº 305/23 (fs. 75/78), se adjudica la ejecución de la mencionada obra a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obras Pública por la suma de $ 71.553.269,46 (pesos setenta y un millones quinientos cincuenta y tres mil doscientos sesenta y nueve con 46/100) IVA incluido a valores de marzo del 2.023;
Que posteriormente, mediante Resolución S.O.P. Nº 695/24 (fs. 79), se aprueba la Redeterminación de Precios Nº 7, 8 y 9, estableciendo el valor del contrato en la suma de $ 122.010.076,66 (pesos ciento veintidós millones diez mil setenta y seis con 66/100)) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024;
Que a fs. 01/46, la Inspección de Obra de la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P. eleva el Adicional Nº 1 de la citada obra, adjuntando informe justificativo de su necesidad, la documentación técnica, cómputo y presupuesto, plan de trabajo y curva de inversión correspondiente a las tareas que conforman el mismo (fs. 20);
Que las tareas adicionales no previstas en la obra básica consisten en la refacción completa de los sanitarios de los alumnos y maestros y la creación de un sanitario para niños discapacitados;
Que a fs. 48, mediante Actuación Nº 297/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 50/52 el Dictamen Nº 528/24 y a fs. 53 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando la razonabilidad de las tareas adicionales, las cuales ascienden a la suma de $ 31.196.587,45 (pesos treinta y un millones ciento noventa y seis mil quinientos ochenta y siete con 45/100), cifra que representa una variación equivalente al 29,99 % del monto contractual a valores de octubre del 2.023 (último valor redeterminado del contrato al momento de encomendar el adicional Nº 1);
Que a fs. 53 vta., la Dirección de Obras de Educación y la Coordinación General de Obras de la S.O.P., prestan conformidad al Adicional Nº 1;
Que a fs. 54, la Dirección de Obras de Educación a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que el monto del adicional de referencia asciende a la suma total de $ 31.196.587,45 (pesos treinta y un millones ciento noventa y seis mil quinientos ochenta y siete con 45/100), IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023;
Que a fs. 56, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 62/70, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención que les compete en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 212/12 del Ministerio de Economía y Servicio Públicos y por Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 71, rola el informe Técnico Ambiental Nº 173/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 72/73, mediante Dictamen Nº 324/24 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del adicional de obra Nº 1;
Que a fs. 74, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete, mediante Informe Nº 23/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 94 y 95 de la Ley Nº 8.072, artículo 128 del Decreto Reglamentario Nº 1.319, articulo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P Nº 216/19,
EL SECRETARIO DE OBRA PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgido en la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.007 - GRAL. MARTIN MIGUEL DE GÜEMES - SALTA - CAPITAL”;
que ejecuta la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, que asciende a la suma de $ 31.196.587,45 (pesos treinta y un millón ciento noventa y seis mil quinientos ochenta y siete con 45/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión del mencionado Adicional que rola a fs. 20 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 071011005207 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Proyecto: 1008- Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente