SALTA, 18 de septiembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 919
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 167.533/22 - Cpde. 35 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 del Adicional Nº 1 de la obra “ILUMINACIÓN DE DESTAQUE Y ORNAMENTAL EN HOTEL TERMAS - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 455/23 a la firma “INTECO S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 40.352.474,32 (pesos cuarenta millones trescientos cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y cuatro con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023;
Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 322/24 se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 12.082.712,61 (pesos doce millones ochenta y dos mil setecientos doce con 61/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023;
Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 732/24, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 43.266.724,76 (pesos cuarenta y tres millones doscientos sesenta y seis mil setecientos veinticuatro con 76/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024;
Que a fs. 28, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 02, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 31, mediante Actuación Nº 306/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 32/33 el Dictamen Nº 545/24 y a fs. 34 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variación equivalente al 58,39 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024;
Que a fs. 36, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 45.599.128,66 (pesos cuarenta y cinco millones quinientos noventa y nueve mil ciento veintiocho con 66/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 43.266.724,76 (pesos cuarenta y tres millones doscientos sesenta y seis mil setecientos veinticuatro con 76/100) y de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 2.332.403,90 (pesos dos millones trescientos treinta y dos mil cuatrocientos tres con 90/100);
Que a fs. 37, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 40, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 43/44, mediante Dictamen Nº 406/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 45, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 234/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 del Adicional Nº 1 de la obra “ILUMINACIÓN DE DESTAQUE Y ORNAMENTAL EN HOTEL TERMAS - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 455/23, a la contratista “INTECO S.R.L.”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional N° 1, redeterminado últimamente mediante Resolución S.O.P. Nº 732/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 45.599.128,66 (pesos cuarenta y cinco millones quinientos noventa y nueve mil ciento veintiocho con 66/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024,
comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 43.266.724,76 (pesos cuarenta y tres millones doscientos sesenta y seis mil setecientos veinticuatro con 76/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 2.332.403,90 (pesos dos millones trescientos treinta y dos mil cuatrocientos tres con 90/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “INTECO S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 041012003101 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 955 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.024.
ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente