SALTA, 18 de septiembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 920
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 321 - 322.511/20 - Cpde. 32 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “SUMINISTRO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE GRUPOS ELECTRÓGENOS DE 40 KV. CADA UNO, EN HOSPITAL DE LA LOCALIDAD DE SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 929/22 a la firma “ELECTRICIDAD RD S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 26.451.921,40 (pesos veintiséis millones cuatrocientos cincuenta y un mil novecientos veintiuno con 40/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022;
Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 273/24 se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 1.611.676,52 (pesos un millón seiscientos once mil seiscientos setenta y seis con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022;
Que a fs. 26, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 08, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 28, mediante Actuación Nº 260/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 29/30 el Dictamen Nº 548/24 y a fs. 31 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variación equivalente al 402,94 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024;
Que a fs. 33, la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 8.105.760,86 (pesos ocho millones ciento cinco mil setecientos sesenta con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 1.611.676,52 (pesos un millón seiscientos once mil seiscientos setenta y seis con 52/10) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 6.494.084,34 (pesos seis millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ochenta y cuatro con 34/100);
Que a fs. 34, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 37, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 40/41, mediante Dictamen Nº 412/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 52, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 236/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “SUMINISTRO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE GRUPOS ELECTRÓGENOS DE 40 KV. CADA UNO, EN HOSPITAL DE LA LOCALIDAD DE SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 929/22, a la contratista “ELECTRICIDAD RD S.R.L.”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 273/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 8.105.760,86 (pesos ocho millones ciento cinco mil setecientos sesenta con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 1.611.676,52 (pesos un millón seiscientos once mil seiscientos setenta y seis con 52/10) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 6.494.084,34 (pesos seis millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ochenta y cuatro con 34/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ELECTRICIDAD RD S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017040101 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 978 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2.024.
ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente