MLS LOGISTICA SRL
Por Instrumento privado con certificación notorial digital, de fecha 30/07/2024, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada: “MLS LOGISTICA S.R.L.”, con domicilio en la Jurisdicción de la Provincia de Salta y sede social en la calle Las Piedras 89, Barrio Naranjito, de General Güemes, Provincia de Salta.
Socios: Elio Ricardo Alarcón, DNI N° 21.312.620, CUIT Nº 20-21312620-3, de nacionalidad argentino, nacido el 03/04/1970, profesión: comerciante, estado civil: casado con María Teresa Miranda, con domicilio en Las Piedras Nº 89, Barrio Naranjito de la localidad de General Güemes, provincia de Salta. Adolfo Leonel Alarcon, DNI N° 39.216.364, CUIT Nº 20-39216364-7, de nacionalidad argentino, nacido el 28/10/1995, profesión: comerciante, estado civil: soltero, con domicilio en Las Piedras 89, Barrio Naranjito, de la localidad de General Güemes, provincia de Salta.
Plazo de Duración: 99 años.
Objeto: la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: a) Comercialización: de vehículos livianos y pesados de industria nacional y/o importados, sus repuestos y accesorios nacionales y/o importados; b) Servicios: de mecánica general y pre y/o posventa; c) Representación y distribución de vehículos livianos y/o pesados de marcas nacionales y/o extranjeras: d) Importación y exportación de los vehículos y los accesorios de los incisos anteriores; e) Alquiler de automotores: Alquiler de vehículos (autos, camiones, camionetas, motos, motonetas, bicicletas y cualquier otro tipo de vehículos) con y sin chofer, pudiendo para ello adquirir franquicias, tomar representaciones y comisiones. A tal fin podrá alquilar autos propios o ajenos dados a la sociedad para este fin y para ser conducidos por los arrendatarios por la República Argentina o fuera de ella; pudiendo comprar o vender los mismos, realizar contratos de locación, de compra venta, de todos los equipos y accesorios necesarios para el cumplimiento del objeto. Podrá representar como franquiciado, o agente de empresa dedicada a turismo y rentas de automóviles, contratando su relación comercial en las condiciones y términos que el sistema de franquicia prevea. Podrá representar como franquiciado, productor o agente de empresas hoteleras, turismo y renta car, tendientes a las coberturas de los servicios que conformen al objeto deba cubrir, como así también los rubros que las aseguradoras exijan o presenten. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, inclusive las prescriptas por los arts. 375 y concordantes del Código Civil y art. 5.º del libro II, título X del Código de Comercio. Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones no prohibidas por las leyes, o este contrato, y que se vinculen con su objeto social, pudiendo para todo ello contraer con toda clase de empresas, sean públicas o privadas, ya sea en contratación privada o licitación pública; incluso adquirir o enajenar bienes registrables, intervenir en actuaciones ante entidades financieras y bancarias y otorgar toda clase de poderes generales o especiales y podrá asimismo anotarse como importadora o exportadora para realizar negocios dentro y fuera del país.
Capital: $ 1.000.000 (pesos un millón), dividido por 100.000, de $ 10 cada cuota social. Suscripción: el socio Elio Ricardo Alarcón suscribe 50.000 cuotas sociales. El socio Adolfo Leonel Alarcón suscribe 50.000 cuotas sociales. Integración: 25 % en efectivo en este acto y el saldo en el plazo de dos años.
Administración: Administración y Representación: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de dos (2) de gerentes titulares quienes actuarán en forma individual e indistinta, por período indeterminado (se podrá optar por establecer un plazo determinado), siendo reelegibles. (en caso de establecer gerentes suplentes deberán determinarse) Pueden ser removidos con las mayorías previstas en el artículo 160 de la Ley General de Sociedades. Cada gerente constituirá a favor de la sociedad una garantía de acuerdo a las modalidades, monto y plazo establecido en la normativa vigente. Tienen plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto, pudiendo en consecuencia celebrar todo tipo de actos jurídicos, incluso aquellos para los cuales se requiere poder especial conforme lo dispuesto en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 9 del decreto ley 5965/63; adquirir, enajenar, constituir, modificar y extinguir derechos reales sobre inmuebles o muebles, derechos personales y derechos intelectuales; operar con bancos oficiales, mixtos o privados y demás instituciones de crédito, constituidas en el país o en el extranjero, y otorgar poderes para actuar judicial o extrajudicialmente a una o más personas dentro de los límites de los artículos 58 y 59 de la Ley General de Sociedades.
Administradores: se designa como Gerentes Titulares a: Adolfo Leonel Alarcón, DNI N° 39.216.364 y al Sr. Elio Ricardo Alarcón, DNI Nº 21.312.620, ambos aceptan el cargo y constituyen domicilio especial en Las Piedras Nº 89, Barrio Naranjito de la localidad de General Güemes, provincia de Salta.
Fiscalización: Prescinde del órgano de fiscalización.
Síndicos: no establece.
Fecha del cierre del Ejercicio económico: 31/12.
Karcher Moreno, ASESORA LEGAL - SUBSECRETARÍA DE INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS