SALTA, 19 Agosto de 2024
RESOLUCION GENERAL Nº 4006
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
VISTO:
Lo dispuesto por el Artículo 24 de la Ley Nacional Nº 20.488 que autoriza a los Consejos Profesionales conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio a percibir derechos, entre los que se incluye el de Certificación de Firmas, situación que en la Provincia de Salta es homologada por el inciso e) del Artículo 85 de la Ley Nº 6.576;
Lo normado por el inciso k) del Artículo 3° de la Ley Nº 6.576, que establece que el Consejo Profesional para el cumplimiento de sus fines tendrá la atribución de fijar el monto de los Derechos de Certificaciones;
Lo establecido por el Artículo 46 de la Ley Nº 4.582, en igual sentido a lo antes expuesto; y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo del Consejo Profesional determinó fijar las nuevas escalas de Derecho de Certificación de Firmas por la tramitación de actuaciones profesionales;
Que, a los efectos de poder dar cumplimiento a los objetivos de creación y funcionamiento de la Institución, es indispensable que el Consejo Profesional cuente con los recursos necesarios y suficientes para ello;
Que la fijación de valores por Derechos de Certificación de Firmas es facultad exclusiva y excluyente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta;
Que se detectan incrementos en todos los costos para la prestación de los servicios a cargo de este Consejo Profesional;
Que el Consejo ha efectuado un análisis y estudio exhaustivo de los incrementos en los costos fijos operativos y en los costos por servicios, para fijar los nuevos valores por Derecho de Certificación de Firmas.
Por todo ello:
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE SALTA
RESUELVE:
Artículo 1º: Fijar las nuevas escalas de valores por Derecho de Certificación de Firmas por las Actuaciones Profesionales tipo A, B, C y D, las que quedan establecidas en los valores que se exponen en el siguiente cuadro:
ACTUACIONES PROFESIONALES ARANCEL COPIAS INCLUIDAS VALOR COPIA
TIPO A Ver Escala 6 $9.100
TIPO B $28.600 6 $9.100
TIPO C (EECC) Ver Escala 6 $9.100
TIPO C $26.000 6 $9.100
TIPO D $20.800 3 $9.100
ESCALA ACTUACIONES PROFESIONALES TIPO A
Monto del Activo + Pasivo o Transacciones (El que resulte MAYOR)
TRAMO DESDE$ HASTA$ ARANCEL
1 $ - $25.000.000 $47.450
2 $25.000.001 $50.000.000 $95.550
3 $50.000.001 $75.000.000 $143.000
4 $75.000.001 $100.000.000 $191.100
5 $100.000.001 $125.000.000 $332.200
6 $125.000.001 $200.000.000 $477.100
7 $200.000.001 $400.000.000 $572.000
8 $400.000.001 $700.000.000 $715.000
9 $700.000.001 $1.500.000.000 $954.200
10 $1.500.000.001 $6.500.000.000 $1.050.400
11 $6.500.000.001 $15.000.000.000 $1.193.400
12 $15.000.000.001 En adelante $1.332.500
ESCALA ACTUACIONES PROFESIONALES TIPO C - ESTADOS CONTABLES
Monto del los Recursos Ordinarios
TRAMO DESDE $ HASTA$ ARANCEL
1 $ - $25.000.000 $30.000
2 $25.000.001 $50.000.000 $56.250
3 $50.000.001 $75.000.000 $112.500
4 $75.000.001 En adelante $225.000
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Artículo 2º: La presente Resolución tendrá vigencia para las actuaciones profesionales que se presenten a partir del día 1 de septiembre de 2024, inclusive.
Artículo 3º: Comunicar, dar a conocimiento de los profesionales matriculados, publicar en el Boletín Oficial de la provincia por un (1) día, copiar y archivar.
Cr. Nestor Daniel Cáseres, PRESIDENTE - Cr. Oscar René Maigua, SECRETARIO