RESOLUCIONES MINISTERIALES



SALTA, 28 de Agosto de 2024

RESOLUCIÓN Nº 126

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 386 - 261.338/2.020 - Cpde. 225 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 20 de la obra “CONSTRUCCIÓN 3ª ETAPA HOSPITAL DEL CARMEN - SAN JOSÉ DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 38/22 del Ministerio de Infraestructura a la empresa “AL INGENIERÍA S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 277.332.821,35 (pesos doscientos setenta y siete millones trescientos treinta y dos mil ochocientos veintiuno con 35/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022;

Que asimismo, mediante Resolución Nº 85/24 del Ministerio de Infraestructura, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 673.055.691,60 (pesos seiscientos setenta y tres millones cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y uno con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023;

Que a fs. 02, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 01, rola Nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 63/66, mediante Actuación Nº 325/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 67/68 el Dictamen Nº 556/24 y a fs. 68 vta. La conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 29,84 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024;

Que a fs. 69, la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 720.108.565,07 (pesos setecientos veinte millones ciento ocho mil quinientos sesenta y cinco con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 673.055.691,60 (pesos seiscientos setenta y tres millones cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y uno con 60/100) y de la actualización N° 20 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 47.052.873,47 (pesos cuarenta y siete millones cincuenta y dos mil ochocientos setenta y tres con 47/100);

Que a fs. 71/72, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 75/77, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 81/82, mediante Dictamen Nº 375/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 83, mediante Informe N° 231/24, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 20 de la obra “CONSTRUCCIÓN 3ª ETAPA HOSPITAL DEL CARMEN - SAN JOSÉ DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución 38/22 del Ministerio de Infraestructura a la contratista “AL INGENIERÍA S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución Nº 85/24 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 720.108.565,07 (pesos setecientos veinte millones ciento ocho mil quinientos sesenta y cinco con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 673.055.691,60 (pesos seiscientos setenta y tres millones cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y uno con 60/100) y de la actualización N° 20 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 47.052.873,47 (pesos cuarenta y siete millones cincuenta y dos mil ochocientos setenta y tres con 47/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “AL INGENIERIA S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017024106 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Proyecto: 1013 - Unidad Geográfica: 112 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




R. S/C N° 100014051
Orden de Publicación: 100117074
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 03/09/2024

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